El derecho a protestar y otros privilegios que se pueden retirar
Existe una técnica legislativa que consiste en nombrar el proyecto exactamente al revés de lo que hace. La ley que destruyó la educación pública se llamó de «mejoramiento de la calidad». La que precarizó el trabajo juvenil se llamó «primer empleo». Siguiendo esa tradición, el gobierno ha presentado al Congreso el proyecto que crea el Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades. El nombre sugiere un catálogo de gamberros. Lo que contiene es bastante más ambicioso: una arquitectura jurídica para castigar la disidencia con hambre.
El vándalo que el proyecto imaginó
El artículo 5 define los actos que dan lugar a la inscripción. La lista incluye el incendio, el uso de explosivos y el homicidio de un carabinero. Hasta ahí, nadie discute. Pero la misma lista, con las mismas consecuencias automáticas, incluye la «interrupción de la libre circulación en vía pública», la «perturbación grave de sesiones legislativas» y el «impedimento del ejercicio de funciones de autoridad por violencia o fraude».
Cortar una calle. Interrumpir un parlamento. Poner un lienzo en un lugar público.
En cualquier manual de ciencia política eso se llama derecho a la manifestación. En la historia de Chile, esas mismas conductas produjeron el voto femenino, la reforma agraria y el acceso a la educación superior. No hubo ninguna de esas transformaciones que no viniera precedida, en algún momento, por alguien que interrumpió el orden normal de las cosas. El proyecto no distingue entre quien quema un bus y quien bloquea una autopista para exigir agua potable. Entre la violencia y la indisciplina. Esa equivalencia no es un descuido técnico. Es el corazón político del proyecto.
El proyecto también tipifica como delito el rayado no autorizado en bienes públicos o privados, con presidio menor en grado mínimo. La misma escala que el Código Penal reserva para ciertos golpes y lesiones leves. Que un rayado en una pared y un puñetazo reciban el mismo tratamiento no dice nada sobre el grafiti. Dice todo sobre qué tipo de orden le interesa proteger a este gobierno.
Un registro que no es penal, pero funciona como uno
El mecanismo elegido revela la intención. No se aumentan las penas —eso requeriría pasar por el escrutinio del derecho penal, con sus garantías, sus proporcionalidades, sus instancias de apelación. Se crean, en cambio, «consecuencias administrativas». La inscripción activa, de manera automática, quince efectos: pérdida de la Pensión Garantizada Universal, suspensión del subsidio habitacional, inhabilitación para becas universitarias, retención de la devolución de impuestos, prohibición de renovar el pasaporte, inhabilitación para entrar a estadios, entre otros.
La distinción entre pena y consecuencia administrativa es, en el mejor de los casos, una ficción jurídica. En el peor, una deformación deliberada, es decir, producir el efecto punitivo sin someterse a las garantías que el derecho penal exige. No hay juez que evalúe proporcionalidad. No hay instancia que considere si el imputado era primario, si el daño fue menor, si participó en una protesta masiva o actuó solo. No hay espacio para que alguien argumente que retirarle la única fuente de ingresos a un jubilado que cortó una calle es una respuesta razonable al delito cometido. La ley decide todo de antemano, en abstracto, para todos por igual. Es la versión institucional de cobrar la cuenta por la puerta de atrás.
A quién le duele el registro
Esa igualdad formal produce una desigualdad real que el proyecto no menciona y que conviene nombrar con precisión. La misma inscripción de cinco años tiene efectos radicalmente distintos según quién la sufre. Para quien tiene trabajo estable, vivienda propia y ahorros, el registro es una molestia burocrática: no podrá renovar el pasaporte ni entrar al estadio. Para quien depende de la PGU para comer, para quien aspira a ser el primero de su familia en entrar a la universidad, para quien lleva años en lista de espera de un subsidio habitacional, el registro es una catástrofe económica que puede durar lustros.
El proyecto no castiga a todos los que protestan. Castiga a los que no pueden permitirse protestar.
Eso tiene un nombre. No se llama orden público. Se llama punitividad de clase: la idea, nunca declarada pero siempre operativa, de que ciertas formas de expresión del malestar social son tolerables cuando las ejercen quienes tienen recursos para absorber sus consecuencias, e intolerables cuando las ejercen quienes no los tienen. La cárcel, en Chile, siempre ha sido más cara para los pobres. Este registro perfecciona ese principio con burocracia digital y siete ministerios conectados en red.
La pensión como instrumento de disciplinamiento
El mensaje presidencial justifica las consecuencias con un argumento que merece leerse con cuidado: los beneficios afectados se financian con recursos públicos, dice el texto, de modo que es «legítimo» que el legislador los condicione al comportamiento de sus titulares.
Es un argumento seductor. También es peligroso en su lógica interna. La Pensión Garantizada Universal no es un gesto de generosidad estatal. Es la corrección tardía e incompleta de un sistema previsional que prometió rentabilidades y entregó miseria a generaciones enteras de trabajadores. La gratuidad universitaria no es un favor. Es la respuesta institucional a décadas en que el acceso a la educación superior se financió con deuda de consumo que hipotecó la vida de familias enteras. Llamar a estos derechos «beneficios» que el Estado puede retirar según el historial de conducta de sus titulares es confundir el Estado de bienestar con un programa de puntos por buen comportamiento.
Llevada a su conclusión lógica, la doctrina del proyecto implica que el Estado podría también retirar la atención médica pública a quien haya cometido una infracción. O negarles matrícula escolar a sus hijos. El principio es exactamente el mismo. Que nadie haya propuesto eso todavía no invalida la lógica. Solo significa que están siendo graduales.
Pero hay una pregunta más directa que no responde: ¿por qué la pérdida de la pensión disuadiría a alguien de cortar una calle? La respuesta es que no lo disuade. Quien raya una pared en un contexto de protesta no está haciendo un cálculo sobre su futura PGU. Quien bloquea una carretera para exigir atención médica no está pensando en su subsidio habitacional. El horizonte de quien protesta es el presente, no la vejez.
El efecto disuasivo es sobre otra cosa. Es sobre la decisión de salir a la calle. De organizarse. De hacer visible el malestar antes de que llegue a ese punto de quiebre. El registro no persigue el vandalismo: persigue el costo político de tolerar la protesta. Es un mecanismo de disciplinamiento social con forma de ley, que usa el lenguaje de la convivencia para producir el silencio.
Lo que el proyecto no resuelve
La Encuesta Nacional Urbana de Seguridad Ciudadana de 2024, que el propio gobierno cita en los antecedentes del proyecto, muestra que el 6,6% de los hogares fue víctima de vandalismo. Es un número real que merece una política real. Pero ninguna de las quince consecuencias automáticas del registro —pérdida de pensión, inhabilitación de becas, retención de impuestos— tiene el menor efecto sobre quien roba, asalta o destruye. El delincuente reincidente ya perdió esos beneficios hace años, si alguna vez los tuvo. El crimen organizado no los tenía. El narcotráfico no se financia con la PGU.
El registro es inútil como herramienta de seguridad pública. Y eso no lo hace inocente. Lo hace honesto respecto de su verdadero propósito. Si el objetivo fuera reducir el vandalismo, el gobierno invertiría en programas de reinserción, en recuperación de espacios públicos degradados, en atención a las causas que producen el malestar que termina en una pared rayada. En cambio, invierte en un sistema informático que conecta siete ministerios para asegurarse de que quien rayó esa pared no pueda renovar el pasaporte ni acceder a una beca. Las prioridades presupuestarias son también una declaración de valores.
La memoria no necesita comparaciones explícitas
Chile tiene experiencia con los registros de personas. Con las listas que clasifican ciudadanos según su conducta política. Con los mecanismos que convierten la disidencia en un antecedente que persigue durante años y clausura posibilidades. No es necesario hacer la comparación explícita porque la historia la hace sola para quien quiera leerla.
Basta señalar que cada vez que un Estado ha decidido que hay ciudadanos de primera y ciudadanos condicionales, ha comenzado exactamente así: con argumentos razonables sobre el orden público y la convivencia. Con una lista de conductas que nadie defiende en abstracto. Con consecuencias que parecen razonables hasta que se aplican a alguien conocido. Con la promesa de que los buenos ciudadanos no tienen nada que temer. Los buenos ciudadanos nunca tienen nada que temer hasta que cambia la definición de bueno.
Una democracia puede tener un registro de reincidentes peligrosos. No puede tener un registro de ciudadanos a quienes se retiran derechos sociales por su conducta política. No puede convertir la pensión en un instrumento de coacción ni la beca universitaria en un privilegio que se gana portándose bien. La diferencia entre ambas cosas es exactamente la diferencia entre un Estado de derecho y algo que se le parece desde lejos.
El Congreso tiene la palabra. Conviene que sepa cuál está pronunciando







