Política

Abogado de Cariola teme filtración de imágenes del parto

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Abogado Cariola
Juan Carlos Manríquez, abogado de Karol Cariola. Foto: Agencia Uno.
“Hay convenciones internacionales, tanto respecto al niño y la mujer, dos leyes que impiden la violencia obstétrica, que no es solo durante el tratamiento, parto y los actos posteriores. Esto es muy grave”, sentenció Juan Carlos Manríquez.

Que “se evalúe la eventual violación a la Convención Americana y al Pacto Internacional (de Derechos Humanos), y, a su vez, el interés superior de un menor recién nacido», es parte de lo que el abogado de la diputada Karol Cariola solicita a la Corte Interamericana de Derechos Humanos tras el allanamiento que sufrió el día del parto de su hijo.

Así lo informó su abogado defensor, Juan Carlos Manríquez.

Recordemos que en esa oportunidad, mientras ella estaba en el hospital, efectivos policiales ingresaron a su departamento para incautar dispositivos electrónicos en el marco de la investigación por presunto tráfico de influencias en la compra de la ex Clínica Sierra Bella.

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“La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que es una entrada a la aplicación del sistema interamericano de resguardo de derechos fundamentales, conforme a la carta del pacto internacional, establece una serie de directivas, criterios y, a su vez, recomendaciones a los estados, uno de los cuales es el trato determinado que debe dar el Estado, más que un gobierno o sus órganos, el Estado, a determinadas personas en situación vulnerables”, explicó el legista en Radio ADN.

Chile ha dictado leyes alineadas con esas directrices, que son parte del derecho interno vigente: “Una de ellas son en favor de las mujeres parturientas y efectivamente las mujeres gestantes. Chile ha dictado dos leyes conforme a esas directivas, que son derecho interno vigente”, especificó Manríquez.

“Se supone que el Estado debe adecuarse a esas convenciones internacionales. Lo dice además la Constitución en su inciso segundo del artículo quinto, y toda actuación que restringe o afecta derechos de diversidad, en este caso, particularmente la dignidad de una persona y la de un ser menor que estaba recién nacido, deben restringir las facultades intrusivas y elegirse mejores momentos más pertinentes y más oportunos, sobre todo porque existen otros medios practicables para haber asegurado, por ejemplo, el acceso a ese teléfono u otro registro electrónico, que la ley también contempla”, agregó el abogado de Cariola.

IMÁGENES DEL PARTO

Durante el alumbramiento el diputado Tomás de Rementería, pareja de Cariola y padre del niño que estaba naciendo, grabó el parto con el teléfono de la diputada.

«Imagínense lo vejatorio que significa, dada la cultura de filtraciones ilegales que se han dado en el último tiempo, de este tipo de diligencias”, cuestionó el abogado.

También calificó como «incompleto, erróneo y tiene afirmaciones que no son reales» el informe policial que origino el allanamiento.

Esto, pues, a su juicio, «dejó afuera información relevante, y que la fiscalía no lo controló, y que, tal como vino, lo copió, y con eso pidió la orden de entrada, registro e incautación. Quien ha entregado información incompleta, errónea y que induce a error no es la prensa, es el informe policial, para que quede claro”, comentó.

“Existen otros medios para obtener lo solicitado. La señora había prestado colaboración, había entregado documentos y había entregado otra serie de versiones mucho tiempo antes que esto», dijo.

En su opinión, era solo cuestión de solicitárselo a Cariola, afirmó el abogado.

VIOLENCIA OBSTÉTRICA

Manríquez, esta vez en entrevista con Cooperativa- planteó que “los policías dicen que se les insistió en llevar adelante esa diligencia en ese minuto y hora”.

Agregó que supuestamente la Fiscalía sostenía que Cariola tuvo acceso al informe policial que contenía sus conversaciones con Hassler, por lo que habría podido intentar eliminar evidencia.

“Usted cree que una mujer puesta en una mesa quirúrgica pariendo un niño, ¿va a estar con su teléfono transfiriendo un informe o poniéndose de acuerdo con otro?”, cuestionó el abogado.

“Cualquier tribunal podría calificarlo de violencia obstétrica”, enfatizó.

“Hay convenciones internacionales, tanto respecto al niño y la mujer, dos leyes que impiden la violencia obstétrica, que no es solo durante el tratamiento, parto y los actos posteriores. Esto es muy grave”, sentenció.

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