Política

Asociación de Magistrados: Apertura de cuaderno de remoción no constituye sanción anticipada

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Foto: Mariela Hernández Acevedo, presidenta de la Asociación de Magistrados.
La agrupación manifestó su «compromiso con la probidad, la transparencia y la integridad en el ejercicio de la función jurisdiccional».

«La apertura de un cuaderno de remoción no constituye una sanción ni una declaración anticipada de responsabilidad», advirtieron desde la Asociación Nacional de Magistradas y Magistrados de Chile luego que ayer la Corte Suprema informara que aplicó esa medida a 56 jueces por mal uso de licencias médicas.

Ocurrió tras la revisión de 104 casos de jueces, ministros, relatores y otros integrantes del escalafón primario del Poder Judicial investigados por haber salido del país mientras hacían uso de permisos de salud. En los próximos días se analizarán las situaciones de otros funcionarios del Poder Judicial.

A través de una declaración pública, la agrupación presidida por Mariela Hernández manifestó su «compromiso con la probidad, la transparencia y la integridad en el ejercicio de la función jurisdiccional».

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Recalcó respecto de la determinación del máximo tribunal  que «somos plenamente conscientes que situaciones como las que motivan estas actuaciones generan un impacto serio en la confianza ciudadana en el Poder Judicial, institución cuya legitimidad descansa, en última instancia, en la conducta irreprochable de quienes la integran».

«Cualquier conducta que implique un uso indebido de instrumentos destinados a la protección de la salud constituye un asunto grave que debe ser investigado con el máximo rigor y responsabilidad institucional», afirmó.

«UNA FACULTAD EXCEPCIONAL»

Enfatizó, asimismo, la importancia de que toda investigación de responsabilidad administrativa «se desarrolle con estricto respeto al debido proceso, a las garantías fundamentales de las personas involucradas y a las reglas que el propio Poder Judicial se ha dado para el ejercicio de su facultad disciplinaria».

Respecto de la apertura de un cuaderno de remoción la asociación de magistrados explicó que «se trata de una facultad excepcional cuyo objetivo es permitir una evaluación integral de los antecedentes disponibles para determinar si la conducta atribuida resulta compatible con la permanencia en el cargo judicial».

Agregó que la Asociación «no anticipa ni prejuzga el resultado de ninguno de los procedimientos en curso, pues esa valoración corresponde exclusivamente a la Corte Suprema, sobre la base del mérito completo de cada caso».

Además, relevó que «los procesos actualmente en curso continúen desarrollándose con pleno apego a las reglas vigentes, permitiendo a las personas involucradas ejercer los descargos y recursos que contempla el ordenamiento, y que las decisiones que se adopten consideren que se adopten consideren integralmente los antecedentes reunidos en cada caso».

«La confianza ciudadana en la justicia exige una respuesta firme frente a eventuales irregularidades, pero también demanda que toda determinación de responsabilidades se realice con estricto respeto al debido proceso, la proporcionalidad y las garantías que constituyen la base del Estado de Derecho», sentenció.

 

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