Tras el bochorno del fracaso de la sesión de esta mañana por falta de quórum, finalmente la Cámara realizó una sesión especial para votar la iniciativa que modifica la ley N° 18.695, con el objeto de fortalecer la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito, una demanda transversal de alcaldes de todo el país.
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La propuesta marca un hito en la modernización y consolidación de la institucionalidad local para la prevención del delito. Durante la sesión, todas las indicaciones provenientes del tercer trámite fueron ratificadas y se evitó que pasara a comisión mixta.
Entre otros puntos, la ley crea por primera vez la figura legal del Inspector o Inspectora de Seguridad Municipal, estableciendo requisitos, funciones, atribuciones, prohibiciones y controles específicos para su desempeño. Esta regulación incorpora labores preventivas autónomas y funciones coadyuvantes a las policías, bajo protocolos definidos.
LEY DE SEGURIDAD
Un elemento central es el fortalecimiento de los mecanismos de coordinación entre municipios, Ministerio Público, Fuerzas de Orden y Gobiernos Regionales. Para ello se crea el Comité Operativo de Seguridad, liderado por el alcalde o alcaldesa, e integrado por el director de Seguridad, Carabineros, PDI y representantes del Ministerio Público.
La iniciativa también contempla elementos defensivos y de protección personal para los inspectores que desempeñen funciones coadyuvantes. Además, el Ministerio de Seguridad Pública entregará recursos a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito para municipalidades que no cuenten con capacidad presupuestaria.







