Podrán continuar con el requerimiento para destituir de su cargo a la ministra de Defensa Maya Fernández por la fallida venta de la casa del expresidente Salvador Allende: el Tribunal Constitucional certificó el pago de una fianza de $500 mil pesos realizado por los abogados John Reid y Raimundo Palamara.
Esto, porque el TC había dejado supeditado seguir revisando la causa presentada por ambos juristas a que se realizara ese trámite.
Se trata de un procedimiento establecido por la Constitución para garantizar la responsabilidad de los reclamos realizados al tribunal y así evitar la presentación de escritos sin fundamentos.
Los juristas tenían cinco días para hacerlo.
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Como próximo paso, durante los primeros diez días de febrero el tribunal definirá la admisibilidad del requerimiento. Si la aprueba la vista de la causa será en marzo.
Como antecedente, la semana pasada el organismo se pronunció favorablemente respecto de los requerimientos presentados por diputados de oposición para destituir de su cargo a la senadora Isabel Allende.
Recordemos que Maya Fernández es nieta de Salvador Allende y una de las propietarias del inmueble ubicado en calle Guardia Vieja donde el fallecido exMandatario vivió entre 1953 y 1971.
Ella y su tía, la senadora e hija del expresidente, Isabel Allende, firmaron el contrato de compraventa. Sin embargo, la legislación que les prohíbe hacer negocios con el Estado.
«SIN MÁS PREÁMBULOS»
“Con esta certificación (fianza) por la Secretaria del Tribunal hemos cumplido estrictamente con lo ordenado por el Tribunal Constitucional, y así pueda resolverse sin más preámbulo la admisibilidad del requerimiento contra la ministro de Estado Maya Fernández Allende”, dijo Raimundo Palamara a La Tercera.
Agregó que «mientras el Gobierno y la ministra continúen con su obsesión de exculpación, manteniendo a la requerida con su cargo, justificándose más encima en un desconocimiento de ella respecto a las normas que nos rigen, entre ellas la misma Constitución, es que resulta imprescindible un pronunciamiento sobre el fondo del requerimiento con el objeto que constitucionalmente no quede impune la conducta de la ministra, debiendo el Tribunal Constitucional pronunciarse sobre la inhabilidad sobreviniente que la afecta para permanecer en dicho cargo».