La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de amparo presentado por la defensa de Carlos Eduardo Lagos Herrera, imputado en el denominado caso “Muñeca bielorrusa”, confirmando la legalidad de la prisión preventiva que cumple desde noviembre de 2025.
El abogado Marcelo Abujiar Ferrer interpuso el recurso de amparo, cuestionando la decisión del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, que el 12 de febrero de 2026 resolvió mantener la prisión preventiva de Carlos Eduardo Lagos Herrera tras una audiencia de revisión de cautelares encabezada por la jueza Patricia Ibacache.
Lea tambien Gobierno de Boric autorizó crédito con garantía estatal para TVN
La defensa alegó que durante dicha audiencia se vulneró el derecho a defensa del imputado, argumentando que el tribunal interrumpió su intervención y rechazó suspender la audiencia para permitir una declaración formal. Además, sostuvo que la resolución que mantuvo la prisión preventiva carecía de la debida fundamentación.
TRIBUNAL DESCARTA ILEGALIDAD
Sin embargo, tras revisar los antecedentes, la Corte concluyó que no existió ilegalidad ni vulneración de garantías constitucionales.
En su fallo, el tribunal señaló que la advertencia realizada por la jueza respecto de que las declaraciones del imputado podían transformarse en una confesión judicial fue una medida destinada a resguardar sus derechos, evitando una eventual autoincriminación. Asimismo, indicó que la decisión de no suspender la audiencia corresponde a facultades propias de dirección del tribunal.
Respecto del fondo del recurso, la Corte sostuvo que la resolución que mantuvo la prisión preventiva se encuentra debidamente fundada y considera nuevos antecedentes surgidos durante la investigación.
En ese sentido, el fallo recordó que la acción constitucional de amparo no constituye una instancia para revisar el mérito de las decisiones judiciales, sino únicamente para verificar la legalidad de la privación de libertad.
PRISIÓN PREVENTIVA SE MANTIENE
Finalmente, la Corte determinó que la medida cautelar fue dictada por un tribunal competente y conforme a derecho.
“La prisión preventiva del amparado emanó de un tribunal competente, actuando dentro de la esfera de sus atribuciones, en un caso previsto por la ley”, concluye la resolución del tribunal de alzada.
Página web (1)
Con esta decisión, la Corte de Santiago resolvió rechazar el recurso de amparo, manteniendo vigente la prisión preventiva de Lagos Herrera mientras continúa la investigación por delitos de cohecho, soborno y lavado de activos.
Caso “Muñeca bielorrusa”: La 2º Sala de la Corte de Santiago rechazó el recurso de amparo de Eduardo Lagos.
“La prisión preventiva del amparado emanó de un tribunal competente, actuando dentro de la esfera de sus atribuciones, en
un caso previsto por la ley”@EstaPasando_CL pic.twitter.com/FyXbusAOHC— Mario Antonio Guzmán (@MarioAntoGuzman) March 12, 2026







