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Caso Procultura: Fiscal Castro acusa «sesgo político»

Sofía Martínez

El fiscal regional de Antofagasta cuestionó los argumentos en el fallo que invalidó los “pinchazos” a Josefina Huneeus por arista ProCultura

El caso ProCultura sigue generando polémica. El fiscal regional de Antofagasta, Juan Castro Bekios, acusó un sesgo político tras el duro fallo de la Corte de Apelaciones que declaró como ilegal el “pinchazo” al teléfono de Josefina Huneeus, apuntando a “opiniones personales” y “consideraciones políticas”.

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Recordemos que en el marco del denominado Caso Procultura, el tribunal de alzada antofagastino declaró ilegales las escuchas telefónicas a la exesposa de Alberto Larraín, el cofundador de la polémica fundación.

Asimismo, ordenó eliminar las escuchas a Huneeus, incluidas conversaciones con el Presidente Gabriel Boric, calificando como “invasivas” y “carentes de interés criminalístico” las diligencias autorizadas en ese entonces por el fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, quien no informó que el teléfono intervenido correspondía a una testigo.

De hecho, tras la decisión de la Corte de Antofagasta, la Fiscalía Nacional reasignó el caso ProCultura a la Fiscalía Regional de Antofagasta, liderada por Juan Castro Bekios.

Y como una de sus primeras diligencias, este último, presentó la apelación a lo resuelto por el tribunal de alzada antofagastino ante la Corte Suprema, donde acusó “opiniones personales o consideraciones de orden político”.

EL «PINCHAZO» A HUNEEUS

Al respecto, el persecutor cuestionó el recurso de amparo que interpuso el equipo de abogados de Huneeus, asegurando que “no es posible advertir que lo dispuesto en las resoluciones dictadas por el Juzgado de Garantía de Antofagasta se infrinja la libertad personal y seguridad individual de la misma”.

“Entonces, la acción de amparo fue utilizada como una vía de revisión de esas resoluciones judiciales, cuando el ordenamiento jurídico no la consagró para tales efectos”, cuestiona.

“Además, debe considerarse que ni el Juzgado de Garantía de Antofagasta ni ningún otro ha ordenado la citación de la imputada y que la investigación no se encuentra formalizada, ni contra Huneeus ni contra ningún otro imputado, por lo que malamente podrían solicitarse medidas cautelares personales en su contra”, agrega.

En ese sentido, destaca que el “pinchazo” a Huneeus fue solicitado ante las “fundadas sospechas” de que la siquiatra pudo haber participado en la comisión de los delitos investigados.

“Considerando el alto conocimiento de las acciones realizadas por la fundación Procultura que se encuentran actualmente en indagación y de sus integrantes, su participación en los hechos habría tenido lugar a lo menos en calidad de encubridora”, sentencia el persecutor.

“Fue en esa calidad en que también se le citó a declarar y efectivamente declaró ante la Policía de Investigaciones de Chile en compañía de sus abogados Alejandro Awad e Ilse Wolf”, insiste.

«SE APARTAN DE TODA BASE»

Pero además, el fiscal Juan Castro Bekios acusa que “la resolución judicial de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Antofagasta contiene determinadas menciones que, sin fundamento o consideración alguna, se apartan de toda base orgánica referida al principio de legalidad”.

Esto último, por los cuestionamientos a la PDI por no haber identificado que el teléfono era de una mujer y no de Alberto Larraín, así como la referencia a la dictadura.

Recordemos que en el fallo de la Corte de Antofagasta se indica que “resulta chocante aceptar que los funcionarios policiales fueran incapaces de descubrir que se trataba de una voz femenina y no masculina. Las explicaciones dadas subestiman la inteligencia, no solo de los juzgadores, sino de cualquier ciudadano de la República y no pueden, desde luego, validar las actuaciones en referencia”.

Asimismo, el texto del tribunal de alzada resalta que “se han validado actuaciones policiales al amparo de quien dirige la investigación, propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulnerados por agentes del propio Estado”.

ARGUMENTOS DEL FALLO

Al respecto, el fiscal regional de Antofagasta cuestionó estos argumentos en el fallo que invalidó los “pinchazos” a Josefina Huneeus, acusando un  sesgo político.

“No responden a paráfrasis de normas jurídicas vigentes, citas de resoluciones judiciales dictadas por otros tribunales de nuestro país, ni tampoco constituyen razonamientos doctrinarios que permitan fundamentar razonablemente la decisión adoptada”, aseveró.

“Por lo pronto, son manifestaciones que encuentran sintonía con opiniones personales o consideraciones de orden político; o bien, y en caso que se discrepe de la naturaleza de las mismas, resulta necesario consensuar que, a lo menos, son menciones que se alejan notoriamente de todo espectro jurídico”, fustiga Juan Castro Bekios.

“La emisión de apreciaciones sobre las aptitudes de los funcionarios que forman parte de la Policía de Investigaciones o la analogía entre el desarrollo de una diligencia y un período histórico de nuestro país es susceptible de ser calificado como impertinente, atendido que la potestad ejercida por todo tribunal de nuestro país no contempla una prerrogativa de tal índole”, sentencia.

Por lo anterior, pidió a la Corte Suprema acoger a trámite la apelación y que “revoque la resolución recurrida y declare la legalidad de las resoluciones judiciales cuestionadas, así como también la de todas las diligencias y resoluciones que de ellas derivaron, en lo concerniente a la amparada”.

Pero además, pide que en caso de que el máximo tribunal del país no acoja el recurso de apelación, “haga uso de sus facultades disciplinarias y, en su mérito, invalide la resolución dictada por la Iltma. Corte de Apelaciones de Antofagasta, de fecha 16 de mayo de 2025, referente a los considerandos o parte de aquellos que aducen o contienen opiniones personales o consideraciones de orden político y que no guardan relación con el asunto sometido a su conocimiento”.

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