En la sentencia de primera instancia dada a conocer ayer martes 22 de julio, el Séptimo Juzgado Civil de Santiago aceptó en su totalidad la demanda por provecho del dolo ajeno presentada por el Consejo de Defensa del Estado contra los herederos de Augusto Pinochet Ugarte.
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El Consejo de Defensa del Estado inició la acción civil en octubre de 2018, luego de que la Corte Suprema pusiera fin al histórico proceso penal por malversación de fondos públicos contra el exgeneral y su grupo de colaboradores, conocido como caso Riggs.
DEMANDA
Según la demanda, los herederos de Pinochet Ugarte obtuvieron un beneficio que superó los $16 millones de dólares, y el CDE pidió que pagaran dicha suma proporcionalmente a sus derechos en la herencia, con los reajustes e intereses correspondientes.
La acción indicaba que los herederos se beneficiaron patrimonialmente de manera injusta tras despejarse la situación legal de los bienes del exgeneral en el proceso penal, especialmente en lo referente a la parte de los bienes que quedaba sujeta a comiso.
«Transcurridos siete años desde su presentación, la demanda por provecho del dolo ajeno que hoy acoge íntegramente la justicia forma parte de un conjunto de acciones materializadas por el Consejo de Defensa del Estado para reparar los exorbitantes perjuicios ocasionados por la malversación de fondos públicos cometida por Pinochet y sus colaboradores», dijo el presidente del Consejo de Defensa del Estado, Raúl Letelier.
RESOLUCIÓN
La resolución, dada a conocer ayer martes, recoge los argumentos del CDE sobre las conductas de sustracción de fondos públicos del exgeneral, que el proceso penal confirmó plenamente.
En este sentido, el fallo civil sostiene que «(…) pese a que no fue posible hacer efectiva la responsabilidad penal del Sr. Pinochet Ugarte por su fallecimiento, se encuentra acreditado (…), que éste incurrió en conductas que importaron sustracción de caudales públicos, estimándose que sus ingresos sin justificación ascendieron al menos a US$17.886.323,20, cuyo origen se encuentra en los fondos de gastos reservados asignados a la Presidencia de la República, a la Casa Militar y a la Comandancia en Jefe del Ejército de Chile. Así las cosas, la cuantía del provecho susceptible de ser percibido por los demandados consiste en la parte del patrimonio de origen ilícito del causante que no fue objeto del comiso, monto que asciende a la suma total de US$16.244.768,74, de modo que la distribución del provecho entre la sucesión deberá hacerse a prorrata de sus derechos en la herencia».