El Consejo de Defensa del Estado (CDE) valoró el fallo dado a conocer por la Corte de Apelaciones de Santiago, que admitió en su totalidad la querella de capítulos presentada contra el exfiscal del Ministerio Público Manuel Guerra. La resolución del tribunal de alzada determinó que, bajo el estándar exigido en esta etapa procesal, existen antecedentes suficientes de mérito respecto de la posible comisión de delitos y de la participación culpable del imputado.
El consejero del CDE y presidente de su Comité Penal, Daniel Martorell, destacó la decisión unánime del tribunal, subrayando que se acogieron los argumentos de hecho y de derecho expuestos en la vista de la causa. “La Corte confirmó fundadamente la concurrencia del estándar requerido en esta fase preliminar, relativo a la plausibilidad racional reforzada de los hechos imputados y la eventual responsabilidad del exfiscal”, señaló.
Lea también Corte abre paso a formalización del exfiscal Manuel Guerra
En su fallo, el tribunal precisó que el estándar de “hallar mérito” constituye un umbral habilitante y preliminar, equivalente a una plausibilidad racional reforzada, el cual, en este caso, se cumple respecto de todos los delitos imputados en la querella de capítulos.
Asimismo, el consejero Martorell relevó el pronunciamiento del tribunal en torno a los antecedentes que dan cuenta de la solicitud de beneficios dirigida a particulares por parte del imputado, realizada desde su posición institucional y en el marco de su capacidad de decisión directa sobre la tramitación y el destino de determinadas causas penales. En esa línea, explicó que los antecedentes aportados por el Ministerio Público y el CDE permitieron a la Corte confirmar que la sola solicitud de un beneficio, junto con el ejercicio del cargo, resulta suficiente para subsumir los hechos en el tipo penal de cohecho agravado.
El fallo, además, señaló expresamente que, a esta altura del proceso, no es exigible acreditar un intercambio bilateral perfecto ni la efectiva obtención del provecho solicitado, precisando así el alcance del análisis propio de esta etapa procesal. Con ello, el CDE reafirmó su valoración de la resolución judicial y la importancia del control jurisdiccional en causas de alta relevancia institucional.







