El Congreso aprobó de manera definitiva la ley que establece la práctica regular y obligatoria de actividad física en todos los establecimientos educacionales del país, desde el nivel parvulario hasta la enseñanza media.
El texto legal redefine el concepto de actividad física como cualquier práctica sistemática —de intensidad baja, media o alta— orientada a mejorar el bienestar físico y la activación cognitiva de los alumnos.
Asimismo, incorpora la posibilidad de implementar juegos de estrategia y ejercicios de activación cerebral, y fomenta que los propios estudiantes participen en la creación y evaluación de las actividades.
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Con esta medida, el sistema educativo deberá incorporar de forma permanente espacios de movimiento y recreación, entendidos como una parte esencial del proceso de aprendizaje y desarrollo integral de los niños, niñas y adolescentes.
DISTINTO DE EDUCACIÓN FÍSICA
La norma, impulsada originalmente por los senadores Francisco Chahuán y Pedro Araya, junto al actual diputado Carlos Bianchi y los exparlamentarios Rabindranath Quinteros y Guido Girardi, recibió el respaldo del Senado tras ratificarse las enmiendas propuestas por la Cámara de Diputadas y Diputados.
El senador Chahuán detalló los alcances de la propuesta aprobada en el Congreso y destacó que con ella se avanza en garantizar que los estudiantes de educación parvularia a media realicen alguna actividad física (la que no se podrá conmutar a la clase de educación física) dentro de los establecimientos educacionales, consistentes en ejercicios de alta o baja intensidad, de carácter formativo, lúdico, no profesional, integrativo y no discriminatorio, durante toda su jornada escolar.
La senadora Luz Ebensperger y el senador Javier Macaya consultaron por la comercialización y promoción de alimentos con sellos “en los puntos de accesos” a los establecimientos. A lo que ell egislador aclaró que las restricciones estarían circunscritas al interior de los recintos.