En medio de las crecientes tensiones políticas por el rol del Presidente Gabriel Boric en el actual ciclo electoral, la contralora Dorothy Pérez enfrentó directamente el debate sobre prescindencia durante su participación en la Comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputados.
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La sesión tenía como foco principal el análisis del proyecto que busca reforzar la obligación de denunciar delitos y faltas contra la probidad administrativa. Sin embargo, fue inevitable que la discusión derivara hacia las acusaciones que apuntan a una supuesta falta de imparcialidad del Ejecutivo respecto a la candidatura de Jeannette Jara.
El tema fue planteado con fuerza por el diputado republicano José Carlos Meza, quien propuso establecer un marco más claro para abordar los límites de la prescindencia en casos específicos como el de la Presidencia de la República.
“El Presidente no tiene horario laboral definido, ejerce el cargo 24/7”, advirtió Meza. “Entonces, ¿dónde trazamos la línea? ¿No sería oportuno incluir en la normativa de probidad reglas expresas sobre prescindencia en contextos de elecciones populares?”, cuestionó.
CONTRALORA: «EL PRESIDENTE TIENE UN ESTATUTO ESPECIAL»
La respuesta de la contralora fue tajante pero matizada. Señaló que la Contraloría ha sido clara respecto a las condiciones en que los funcionarios públicos pueden expresar sus opiniones políticas: fuera de horario laboral, sin usar recursos estatales ni espacios institucionales.
No obstante, reconoció que la figura presidencial escapa a ese marco general. “El Presidente tiene un régimen distinto al del resto del aparato público. Su rol y atribuciones están reguladas en la Constitución, con un estatuto específico”, puntualizó Pérez.
Aclaró que si bien existen límites claros para funcionarios y autoridades —como subsecretarios o ministros— en tiempos de elecciones, el caso del Jefe de Estado se rige por otras normas, que deben interpretarse en su contexto constitucional y no administrativo.
Por lo mismo, evitó referirse a situaciones puntuales, pero reiteró que las reglas de la Contraloría para elecciones son difundidas regularmente mediante instructivos que aplican al conjunto del sector público, con excepción de las autoridades que tienen su propio marco normativo.