Política

Corte acoge recurso de amparo de Héctor Mery

Santiago Henríquez

Periodista

Héctor Mery
Foto: Ministro del Tribunal Constitucional, Héctor Mery. Agencia Uno
Por la incautación de su teléfono celular y otros dispositivos electrónicos.

El ministro del Tribunal Constitucional, Héctor Mery, logró que la Corte de Apelaciones de Santiago acogiera a tramitación un recurso de amparo que presentó en respuesta a un allanamiento realizado por la Policía de Investigaciones (PDI). La diligencia, efectuada en el marco del caso Hermosilla, culminó con la incautación de su teléfono celular y otros dispositivos electrónicos.

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La acción judicial busca revertir la medida, que Mery califica como arbitraria e ilegal, alegando que se vulneraron sus derechos fundamentales. La Policía de Investigaciones también allanó al juez Antonio Ulloa, integrante de la Corte de Apelaciones de Santiago, durante el mismo procedimiento.

RECURSO CUESTIONA LA LEGALIDAD DEL PROCEDIMIENTO

Según lo publicado por Radio Bío Bío, se cuestiona la legalidad del procedimiento, señalando que la supuesta existencia de “mensajes entre los imputados involucrados” se basa únicamente en “publicaciones en medios de prensa”.

El documento advierte que esto genera un escenario de vulneración de garantías constitucionales, debido a la falta de precisión en la resolución judicial. “Se le da el trato de imputado a nuestro representado en una causa desformalizada, donde no se identifica siquiera una conducta que pueda vincularse con un hecho delictivo”, señala el recurso.

Asimismo, se alega que la resolución carece de una imputación adecuada o de una descripción clara y detallada de los hechos atribuidos. “Como ha sostenido nuestro máximo tribunal, se vulnera el derecho a la defensa cuando no existe una exposición precisa y circunstanciada del hecho que se le atribuye”, se agrega.

CORTE EXIGE INFORME URGENTE AL JUZGADO DE GARANTÍA

En ese contexto, la Corte declaró admisible el recurso y ordenó al Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago emitir un informe por la vía más expedita.

El tribunal ordenó a la recurrida que evacúe el informe solicitado en un plazo de un día y lo remita a la Corte junto con todos los antecedentes disponibles sobre el caso. Además, instruyó que dicho informe sea ingresado electrónicamente en los presentes autos a través de la Oficina Judicial Virtual, conforme a lo dispuesto en los artículos 5° y 6° de la Ley N° 20.886 sobre tramitación electrónica de los procedimientos judiciales.

 

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