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Corte de Santiago acoge amparo a Cathy Barriga para que se revise su prisión preventiva

Cristian Navarro H.

Periodista

Cathy Barriga
Foto: Agencia Uno
El tribunal estimó que el juzgado actuó de forma arbitraria al rechazar la solicitud de revisión

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió este jueves un recurso de amparo presentado por la defensa de Cathy Carolina Barriga Guerra, exalcaldesa de Maipú, y ordenó al Noveno Juzgado de Garantía de Santiago convocar una audiencia para revisar la medida cautelar de prisión preventiva que la afecta. La exjefa comunal está imputada por el Ministerio Público como autora de los delitos de fraude al fisco y uso reiterado de instrumento público falso.

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En un fallo unánime (causa rol 1.165-2025), la Sexta Sala del tribunal —integrada por los ministros Jorge Zepeda, Juan Cristóbal Mera y el abogado integrante Nicolás Stitchkin— estimó que el juzgado actuó de forma arbitraria al rechazar la solicitud de revisión, lo que vulnera derechos constitucionales.

El tribunal argumentó que la ley permite modificar la prisión preventiva «en cualquier estado del procedimiento», por lo que exigir requisitos no contemplados en la normativa —como la presentación de nuevos antecedentes o el transcurso de un plazo razonable— constituye una ilegalidad.

“La negativa del tribunal de garantía a revisar la medida cautelar por motivos ajenos a lo establecido por la ley representa una perturbación al derecho consagrado en el artículo 19 N°7 de la Constitución Política de la República”, señala el fallo.

La defensa solicitó subsidiariamente corregir esta irregularidad mediante un recurso de habeas corpus, y la resolución acoge esa petición. En consecuencia, el tribunal de alzada ordenó que se fije una audiencia para discutir la modificación de la medida cautelar.

“Se acoge el recurso de amparo interpuesto por los abogados Cristóbal Bonacic Midane y José Miguel Barahona Avendaño, solo en cuanto se instruye al tribunal a quo que convoque a una audiencia para resolver la solicitud de revisión de la prisión preventiva vigente”, concluye la sentencia.

 

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