La Segunda Sala de la Corte Suprema resolvió rechazar el requerimiento del exdirector de la Policía de Investigaciones (PDI) Héctor Espinosa Espinosa que buscaba dejar sin efecto el fallo del Cuarto Tribunal Oral en lo Penal (TOP) de Santiago que lo condenó a 17 años de cárcel.
En detalle, la pena es de cumplimiento efectivo de 12 años de presidio, en calidad de autor de los delitos reiterados de malversación de caudales públicos y falsificación y uso de instrumento público falso, más cinco años y un día de reclusión efectiva, como autor del delito de lavado de activos, ilícitos cometidos entre 2015 y 2017.
El máximo tribunal confirmó la sentencia del oficial en retiro que también lo obliga al pago de 160 millones de pesos, al igual que la de su esposa, María Magdalena Neira, que también fue considerada culpable del delito de lavado de activos, en un rango de “omisión”, con una pena de 541 días de presidio.
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La condena para ambos incluye también la incautación de un inmueble en el sector oriente de la capital, que en parte habría sido adquirido con dineros malversados provenientes de la institución policial.
En fallo unánime la Segunda Sala de la Corte Suprema–integrada por el ministro Manuel Antonio Valderrama, la ministra María Cristina Gajardo, el ministro Juan Cristóbal Mera, la abogada (i) Leonor Etcheberry y el abogado (i) Carlos Urquieta– descartó infracción sustancial al debido proceso en la sentencia impugnada por el exdirector de la PDI.
EL PATRIMONIO
Héctor Espinosa fue procesado por los delitos de malversación de caudales públicos, lavado de activos y falsificación de instrumento público.
Desde hace algo más de tres meses, tras la resolución del TOP de Santiago, quedó cumpliendo prisión preventiva en la Cárcel Anexo Capitán Yáber.
Su defensa planteó que en el juicio que lo condenó hubo infracciones a las garantías constitucionales y en errores en la aplicación del derecho. Que la Fiscalía Metropolitana Oriente no indagó correctamente su patrimonio, por lo que no se justificó debidamente el origen de sus recursos económicos, y que por eso se consideró que parte de ellos provenían de los gastos reservados de la PDI.
Sin embargo, para el tribunal «la infracción de garantías fundamentales denunciada como sustento de la objeción principal, no concurre en la especie, ya que el hecho punible se encuentra acreditado, corroborado por los antecedentes de la causa y no desvirtuado, por lo que será desestimada”.
Caso Espinosa: La Sala Penal de la Corte Suprema confirmó la condena a 17 años de cárcel contra el exdirector de la PDI, Héctor Espinosa por malversación y lavado de activos.
Se condenó a su cónyuge, y pagar multa de $146 millones, un departamento y una bodega.@EstaPasando_CL pic.twitter.com/Ct6BanUeV7
— Mario Antonio Guzmán (@MarioAntoGuzman) March 9, 2026







