¿Cuál es la diferencia entre votos nulos y blancos en las Primarias 2024?
Este domingo 9 de junio se celebrarán las elecciones primarias de 2024. En este evento, los ciudadanos elegirán a los candidatos a alcaldes y gobernadores regionales que aparecerán en las papeletas de las elecciones de octubre.
Como es habitual en cada elección, suelen surgir dudas sobre las diferencias entre los votos nulos y blancos, así como su impacto en los resultados. A continuación, te explicamos esto.
¿Qué son las elecciones primarias 2024?
Es crucial destacar que las elecciones primarias de 2024 son un paso previo a las votaciones de cargos populares. Su objetivo es presentar a los posibles candidatos para las elecciones finales. Los votantes seleccionarán entre varios aspirantes a un cargo, y luego este candidato seleccionado participará en la elección definitiva.
Según indican desde el Servel, las elecciones primarias son un sistema que permite a los partidos políticos «la nominación de candidatos a cargos de elección popular y cuyos resultados serán vinculantes para estas colectividades».
Los ganadores de las elecciones primarias de 2024 se convertirán en los candidatos oficiales que competirán en las elecciones municipales y regionales del 27 de octubre.
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¿Qué es el voto nulo?
Tanto la definición del voto nulo como la del voto en blanco están especificadas en el artículo 77 de la Ley sobre Votaciones Populares y Escrutinios.
En cuanto al voto nulo, la normativa establece que «serán nulas y no se escrutarán las cédulas en las que aparezca marcada más de una preferencia, ya sea que contengan o no, de forma adicional, leyendas, otras marcas o señas gráficas».
Según la ley, la mesa electoral dejará constancia en el dorso de las cédulas anuladas «del hecho de su anulación y de la circunstancia de haberse reclamado por vocales o apoderados esta decisión».
¿Cuál es el voto en blanco?
A diferencia de los votos nulos, en los cuales se marca más de una preferencia, el voto en blanco se refiere a cuando no se marca ninguna preferencia.
La legislación advierte que «se escrutarán como votos en blanco las cédulas que aparecieren sin la señal que indique una preferencia por candidato u opción del elector, contengan o no en forma adicional leyendas, otras marcas o señas gráficas».
Es importante destacar que, tal como ha explicado el Servel en ocasiones anteriores, ni el voto nulo ni el voto en blanco tienen algún efecto en términos de los cargos que se están eligiendo.







