Entre los argumentos de la defensa de Manuel Monsalve que recibió el juez Mario Cayul durante la extensa jornada de formalización de ayer por los cargos de violación y abuso sexual, esta que el imputado creía tener una incipiente relación afectiva de pareja con la denunciante, una subordinada suya en la subsecretaría del Interior.
Durante le lectura de la determinación para decretar la prisión preventiva del exencargado de la seguridad del país -se dieron por acreditados los cargos-, el magistrado expuso que, según sus abogados, “a él le gustaba la chica. Entiende que ella le dio señales, que nunca lo rechazó”, detalló La Segunda.
De hecho, a diferencia de lo plantado en la denuncia, cuando la víctima relató el encuentro entre ambos en el Costanera Center el 1 de septiembre -donde Monsalve la besa por sorpresa y ella dice quedarse paralizada por esa acción-, la defensa aseguró que “ella le devuelve un beso al imputado”.
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Luego mencionaron un episodio de un libro que aparece en la oficina del exsubsecretario donde él cree que es un regalo anónimo que le dejó la víctima, de un autor que él recomendó en esa oportunidad.
Con esta supuestas señales, «para el imputado la reunión del 22 de septiembre más que una reunión laboral, fue una cita”, agregó el juez del Séptimo Juzgado de Garantía.
Para reforzar la idea la defensa hizo notar que el taxista que los trasladó “pensaba que eran una pareja, precisamente por el trato que imputado y víctima se daban y lo mismo entendía el señor Monsalve: que eran una pareja en formación”.
Sin embargo, todo lo anterior quedó descartado luego que se comprobara que el libro en cuestión no fue un regalo de ella.
MÁS ARGUMENTOS DE LA DEFENSA
El juez también contrastó las versiones de las partes involucradas respecto de la libertad de Monsalve, que para la fiscalía y la parte querellante «es peligrosa para seguridad de la sociedad y de la ofendida”.
La defensa argumentó que “siempre el imputado tuvo intención de declarar y dar cuenta de los hechos desde su posición”.
Cayul mencionó también que los abogados del exsubsecretario criticaron «la incondicional credibilidad que la fiscalía le da al relato de la víctima».
Agregaron que «no queda claro de dónde proviene el sufrimiento de la víctima, pues un testigo señala que ella estaba en un tratamiento psiquiátrico previo a estos hechos”.
El juez recalcó que, según la defensa, el imputado “se ha mantenido siempre en su posición de que no recuerda nada de los hechos (…) Ello cobra especial relevancia en razón de la cantidad de alcohol que habrían ingerido, tanto él como la víctima” (un promedio de 720 ml cada uno), por lo que “la pérdida de memoria o conciencia resulta evidente”.
Además, los abogados aseguraron que el levantamiento de los registros de las cámaras fue idea de la removida jefa de Inteligencia de la PDI, Cristina Vilches, al igual que el delivery enviado a la casa de la víctima para chequear cómo estaba la denunciante.
VIOLACIÓN Y ABUSO SEXUAL
Nada de eso sirvió, sin embargo, para convencer al juez de la inocencia de Manuel Monsalve.
«Todos los antecedentes y declaraciones referidas permiten presumir, fundadamente, que el imputado realizó actos de significación sexual de relevancia con contacto corporal en contra de la víctima, aprovechándose el imputado que la víctima estaba incapacitada para oponerse», dijo el juez Cayul en su dictamen.
Y afirmó que «el imputado claramente habría actuado con dolo directo».
Agregó que “el padre (de la víctima) señala que su hija le dijo que nunca tuvo intenciones de mantener relaciones sexuales con su jefe, el imputado señor Monsalve, respecto de quien la víctima asegura tener asco».
También relató «que su hija lloraba, que se sentía sucia y que el relato de su hija fue desgarrador”.
De este modo, el magistrado ordenó «la prisión preventiva del imputado, señor Monsalve, por estimar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad. Dese orden de ingreso a la cárcel pública inmediatamente”.
Para ello tomó en cuenta “el carácter de los hechos imputados, el número de los delitos, la gravedad de las penas asignadas por ley a los mismos, la gravedad de los delitos en relación al bien jurídico protegido y que ha sido afectado en relación a la víctima, esto es, integridad o indemnidad sexual y su libertad sexual».