La atención de los intervinientes, imputados y querellantes, del caso ProCultura está puesta en que durante la jornada de este lunes, y tras meses de reserva, la Fiscalía Regional de Coquimbo -liderada por Patricio Cooper- les dará completo acceso al expediente de dicha causa, una de las principales aristas investigativas del denominado caso Lío de Platas o Convenios.
Y el interés, como han transmitido abogados querellantes, no sólo está en conocer las pruebas que ha reunido el Ministerio Público en torno a la fundación liderada por Alberto Larraín, sino que principalmente en devalar el rol que tendría en el caso el exjefe de asesores de La Moneda, Miguel Crispi, e -incluso-, el propio Presidente Gabriel Boric.
La ministra titular de la Segpres, Macarena Lobos, insistió en que, de ser efectiva la petición sobre la medida intrusiva, el ente persecutor «tendrá que acreditar que efectivamente se daban los presupuestos para que legalmente se pueda proceder a una medida tan gravosa como esta».
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Y esas palabras -vertidas en entrevista con Radio Infinita- son las que justamente siguen generando revuelo. De hecho, fue por esas expresiones que recientemente se ingresó una denuncia en contra de la secretaria de Estado por eventual infracción al principio de probidad administrativa y al deber de prescindencia respecto del actuar de un organismo autónomo.
La acción fue presentada por el presidente de la Fundación Fuerza Ciudadana, Raimundo Palamara, ante Contraloría, que ahora deberá pronunciarse sobre la materia.
De acuerdo con la presentación de Palamara, la secretaria de Estado no estaría facultada para pedir explicaciones al Ministerio Público. Habría infracción, indica, a “lo que previene la Constitución Política de la República, particularmente el artículo 83 que establece que el Ministerio Público es ‘un órgano autónomo’ y ‘dirigirá de forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito”, y también la Ley Orgánica Constitucional que creó al Ministerio Público’“.
Asegura, en el mismo sentido, que Macarena Lobos “infringió los artículos 6 y 7 de la Constitución, infringiendo el principio de probidad administrativa y al deber de prescindencia política que deben observar todos los órganos del Estado al transgredir el principio de probidad contenido en el artículo 8° de la Constitución Política de la República y en la Ley N° 18.575, sobre Bases Generales de la Administración del Estado».
Por lo mismo, el abogado solicitó al organismo encabezado por Dorothy Pérez que: Se pronuncie sobre si un Ministro de Estado, particularmente la ministra señalada, actuó con sus declaraciones dentro de sus competencias; Se tenga por interpuesta denuncia; y que se oficie a la Cámara de Diputados en caso que se considere que ha vulnerado la Constitución o las leyes, para que realicen la correspondiente acusación constitucional en su contra.