Casi en forma unánime la Cámara de Diputadas y Diputados respaldó el proyecto que modifica la Ley de Tránsito para hacer efectiva, en toda la población, la exigencia de aptitudes físicas y psíquicas necesarias para la conducción de vehículos motorizados.
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La iniciativa; conocida como Ley Jacinta en honor de la pequeña de solo 5 meses que murió tras ser embestida por un conductor de 80 años que padecía un cáncer en etapa IV; pasa a su segundo trámite constitucional en el Senado.
La autora del proyecto, diputada Erika Olivera, señaló que “lo más importante de esta iniciativa es que al fin de su tramitación consigamos una muy buena ley que, efectivamente, sea un aporte a la seguridad vial de nuestro país”.
Agregó que “el corazón del proyecto busca que en las familias, en los trabajos y entre los amigos se converse acerca de la tremenda responsabilidad que tiene una persona que conduce un vehículo y lo importante que es estar en las mejores condiciones tanto para el propio conductor como para el resto de la población”.
UN PROYECTO CLAVE
Para el ministro de Transportes y Telecomunicaciones (MTT), Juan Carlos Muñoz, el paso dado en la Cámara “es fruto de un trabajo coordinado a nivel parlamentario y con la familia de la víctima, y que nos permite hoy tener las bases de un proyecto clave en materia de seguridad vial, como lo es fortalecer los procesos que permiten definir las condiciones de salud de quienes manejen un vehículo en nuestro país”.
“Conducir un vehículo es una responsabilidad, no un juego. Por lo mismo, el poder generar una modificación al proceso que determina la entrega de la licencia, justamente responde a esa mirada. La de tener conductores que cumplan con las condiciones necesarias para un manejo seguro. El avance de esta ley es una noticia importante que se suma a la ley Martín que se aprobó ayer, también asociado a un niño que falleció en condiciones también trágicas, al igual que Jacinta, en que se aumentan las condiciones de seguridad asociado al transporte escolar”, agregó el jefe del MTT
El abuelo de Jacinta González, Max Schnitzer, manifestó que este proyecto de ley va en el sentido correcto de tener conductores más seguros y proteger a nuestras víctimas de accidentes viales en lo emocional, en lo económico, en lo penal. Debemos seguir legislando en ese sentido para tener conductores más seguros y este va a ser un manto protector del Estado de Chile a las miles de víctimas que tenemos de accidentes viales a lo largo y a lo ancho de Chile.
Finalmente el padre de Jacinta dijo que esta iniciativa “no solo es una ley que va en torno a lo duro, sino que también va acompañada de una parte humana que es muy importante. La ley está hecha para salvar vidas, esencialmente, pero también considera apoyo tanto en lo penal, en lo económico y en lo emocional para quienes lamentablemente que pierdan seres queridos producto de un accidente”.
DETALLES DEL PROYECTO
a) Modificaciones a la Ley de Tránsito:
-Se exige que los postulantes a licencias de conducir declaren, mediante juramento, no padecer enfermedades inhabilitantes o restrictivas, reguladas por un reglamento del Ministerio de Salud y el Ministerio de Transportes.
-Se introduce un procedimiento para que las municipalidades acrediten la idoneidad física y psíquica de conductores.
-Los vehículos de transporte de personas o carga que no permitan una retrovisión interna deben incorporar espejos laterales, cámaras o dispositivos equivalentes.
-Se regula el transporte de pasajeros menores en motocicletas, prohibiendo su ubicación entre el conductor y el manubrio y estableciendo requisitos específicos para su seguridad.
b) SOAP
-Aumenta las indemnizaciones por muerte o incapacidad total permanente a 600 UF
-Establece compensaciones específicas para incapacidad parcial y gastos médicos relacionados, limitadas a un máximo de 600 UF.
-Se reduce el plazo para indemnizar en casos de fallecimiento de la víctima a siete días desde la presentación de documentos.
c) Modificaciones al Código del Trabajo:
-Garantiza fuero laboral de un mes para trabajadores que hayan perdido a un hijo, independientemente de la naturaleza de su contrato (fijo o por obra).
d)Incorpora Sanciones:
-Se sanciona con la cancelación de la licencia de conducir a quienes declaren falsamente no padecer enfermedades restrictivas o inhabilitantes.
-Tipifica como infracción grave la falsificación de estas declaraciones y se imponen multas.
e) Artículos Transitorios:
Obliga al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, en conjunto con el Ministerio de Salud, a dictar reglamentos que implementen la ley dentro de un plazo de 12 meses.
Establece la entrada en vigencia de las modificaciones 90 días después de publicados los reglamentos.