En un máximo de 24 horas la Corte de Apelaciones de Antofagasta deberá pronunciarse sobre el recurso de amparo presentado por la psiquiatra Josefina Huneeus tras las escuchas telefónicas filtradas de conversaciones que mantuvo con el Presidente Gabriel Boric.
La audiencia se realizó esta mañana.
En ella los abogados expusieron que el teléfono intervenido nunca estuvo a nombre de Alberto Larraín, exesposo de la doctora y fundador de la investigada Fundación ProCultura.
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Detallaron que ella era la dueña de ese número incluso desde antes que ambos se conocieran. Por ende, afirmaron desconocer por qué la Fiscalía intervino el aparato.
Asimismo, plantearon que es ilegal intervenir el celular de una persona que -según sus palabras- se encuentra en calidad de testigo.
A ese respecto, la Fiscalía aclaró en la audiencia que Huneeus tiene la calidad de imputada y que se lo comuNicaron a la profesional cuando esta prestó declaración.
Detallaron que el interés investigativo se basa en que podría ser «encubridora» por recibir objetos que hayan sido producto de los eventuales delitos, ya sea por parte de Alberto Larraín o de la imputada Constanza Gómez, exrepresentnte legal de ProCultura.
EL RECURSO
El recurso de amparo fue presentado ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, jurisdicción donde se inicia el caso Convenios o Fundaciones, por parte de Alejandro Awad y Miguel Schürmann, abogados de la doctora Josefina Huneeus Lagos.
LSe produjo tras conocerse la petición del fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, en el marco de la indagatoria en torno a la fundación ProCultura, de intervenir el teléfono que en ese entonces utilizaba la profesional.
Awad explicó en ese momento que la finalidad era «resguardar los derechos fundamentales de Josefina Huneeus, cuya conversación privada fue interceptada sin que existiera justificación legal alguna ni vínculo con investigación en su contra».
«Esta interceptación constituye una grave vulneración de su intimidad y su libertad individual. Josefina fue víctima de una intromisión ilegal y arbitraria que debe ser enmendada. Debe evitarse que este tipo de abusos se normalice en nuestro sistema judicial», agregó.
A juicio de los abogados, las medidas fueron «gravemente intrusivas» y afirmaron que no existía «ningún antecedente para atribuirle responsabilidad penal» a su representada.
«Existe un nombre para las intromisiones ilegales a la vida privada de las personas: espionaje», añadieron.
Por lo mismo, solicitaron que «que todas las diligencias y resoluciones que derivaron de las mismas, con sus respectivos resultados», sean anuladas y que el material obtenido sea eliminado.