Política

Exclusivo: un porsche, pagos millonarios y empleos a dedo en el duro informe contra Yaber

Mario Antonio Guzmán

Periodista

Yaber
Foto: Publicado en Youtube por @Chilevision
En 19 páginas, la fiscal judicial de la Corte de Apelaciones de San Miguel describe una a una las actuaciones dolosas de Sergio Yáber Lozano como Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, junto el notario y Archivero Judicial de San Miguel, Claudio Barrena Eyzaguirre, el titular de la Primera Notaría de San Miguel, Rodrigo Ortúzar Rodríguez y el abogado y notario interino Fernando Martel Costa.

Antes de las 15:00 horas del miércoles 31 de diciembre de 2025, la fiscal judicial Carla Troncoso Bustamante firmó el crudo informe para su envío a los ministros y ministras del Pleno de la Corte de Apelaciones de San Miguel y a los 4 investigados como secuencia del llamado caso de “la Muñeca bielorrusa”.

La misión de la fiscal judicial era establecer si se habían cometidos faltas administrativas en el ejercicio de los cargos de ministros de fe de Sergio Yáber Lozano, como conservador de bienes raíces de Puente Alto y del notario y Archivero Judicial de San Miguel, Claudio Barrena Eyzaguirre, el titular de la Primera Notaría de San Miguel, Rodrigo Ortúzar Rodríguez y el abogado y notario interino Fernando Martel Costa.

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Y la conclusión, en el considerando quinto es clara y contundente: Yáber, Barrena, Ortúzar y Martel realizaron una serie de actuaciones que “constituyen una irregularidad de su conducta moral que le hicieren desmerecer en el concepto público y comprometieren el decoro de su ministerio, previsto en el numeral 4° del artículo 544 del Código Orgánico de Tribunales.

Sobre el particular, debemos recordar además que el Acta 262-2007 de la Corte Suprema, que reguló los principios de ética judicial, vigente al tiempo de estos hechos y de este sumario, impuso a todos los funcionarios el de probidad, integridad y prudencia, principios que vulnerados con los hechos descritos, todo lo cual, estimo se trata de conductas acreditadas, graves, tanto por la naturaleza de las mismas, cuanto por la consecuencias posteriores, referente a la difusión de ellas en diversos medios de comunicación social, aun en esta etapa en la que se configuran como faltas administrativas, las que bien pueden desbordar en su contenido y alcance y ser calificadas de delitos.dice textual en la página 7 del informe de Troncoso.

La fiscal judicial entrega 11 episodios que, a su juicio demuestran, las graves faltas de Yáber, en especial también su amistad y transacciones con Gonzalo Migueles, pareja de la ex ministra destutuida de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, y del ex ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Antonio Ulloa, acusado y destituido por el Congreso el año pasado.

LOS HECHOS QUE COMPROBÓ LA FISCAL JUDICIAL TRONCOSO

 En el informe, la fiscal Troncoso explica cada “episodio” de las actividades irregulares de Yáber desde que asumió el Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto el 6 de noviembre de 2018.

Hecho 1: “En las reuniones por eventos sociales y familiares organizados por Yaber Lozano, tanto cuando ejercía su cargo de notario en Coquimbo como de Conservador en Puente Alto, ha tomado contacto entre otras personas con ministros de las Cortes Suprema, de Apelaciones de San Miguel, Santiago, jueces, abogados integrantes y notarios. En uno de esos encuentros conoció a Víctor Gonzalo Migueles Oteiza, su pareja Angela Vivanco Martínez y Antonio Ulloa Márquez. A este último desde febrero de 2019 y hasta abril 2024 le transfirió sumas regulares de dinero que totalizaron más de $74.000.000”

Hecho 2: “Durante el año 2019 a 2023, el investigado y Rodrigo Ortuzar registranuna serie de transferencias bancarias recíprocas por valores superiores a $150.000.000 que no aparecen justificadas en ninguna actividad comercial o jurídica. Por las sumas que se registran y la forma en que se ejecutan, se descarta que esos valores correspondan al natural intercambio o pago de compras o servicios que se restituyen entre amigos o conocidos”

Hecho 3: “Al asumir el oficio contaba con un número aproximado de 50 trabajadores, algunos de ellos con más de 30 años de antigüedad. Mantuvo en funciones a la contadora Claudia Soto a cargo de la gestión interna administrativa, logística y del personal, quien registra contrato desde enero de 2006. También mantuvo en puesto de oficial primero a Nelson Vera quien además se desempeña como oficial de cumplimiento de su oficio y registra antigüedad laboral desde 1 de octubre de 1996. A cargo de la contabilidad general del oficio, sus declaraciones de

impuestos y la de su cónyuge en las sociedades que ambos poseen emplea los servicios a honorarios de Iván Sepúlveda quien le prestaba servicios ya en Coquimbo. Al llegar a tomar posesión del cargo lo acompañaba Migueles Oteiza a quien designó jefe de personal bajo honorarios de mensuales de $3.000.000”

 Hecho 4: “Entre otras personas que prestan y han prestado servicios a honorarios o bajo contrato el investigado contrató el 13 de noviembre de 2018 a Isabel Ponce Méndez, cónyuge del ministro Sepúlveda, a Miguel Farias Pino, hermano del ministro Farias (desde el 4 de noviembre de 2019), Leidi Moreno Agudelo, empleada doméstica de Migueles y Vivanco (entre 13 febrero 2020 al 2 febrero 2023), Pablo Barrena Eyzaguirre, hermano del notario Barrena, (desde el 14 de agosto de 2023), Francisco Eguiguren Correa, ex diputado de la República (desde el 4 de septiembre de 2023), Paulina Gahona, hija de un senador de la República, (entre 1 de febrero de 2022 y hasta el 7 de mayo de 2023), Jimena del Barrio Diaz, cuñada del notario Ortuzar (entre 2019 a 2022), Fernando Martel Costa entre el 3 de agosto 2020 y 5 de abril de 2022. También se desempeñó como su suplente Rodrigo Ortuzar. Ninguna de esos empleados bajo contrato y que estaban en funciones durante el tiempo de restricciones que impuso la pandemia de COVID, fue afecta a pacto de reducción de jornada y remuneraciones que autorizaba la ley 21.227. Durante el tiempo que ha actuado como empleador en la jurisdicción de Puente Alto solo se registra una causa judicializada en la que tiene el carácter de demandado, la que concluyó por conciliación”

Hecho 5: “El 25 de febrero de 2021, el investigado concurrió a la notaría de Claudio Barrena y actuando como representante legal de la sociedad Inversiones SYL EIRL de la que es socio controlador, y vendió a Angela Vivanco Martínez el vehículo marca Porsche, modelo Cayenne V.16, patente KCXXX. El precio de la compraventa fue de $35.025.000 que la compradora habría pagado con la suma de $10.000.000 al contado en dinero en efectivo y el saldo de $25.025.000 en cuotas de $715.000 cada una, principiando la primera el 20 de marzo de 2021 y la última el 20 de enero de 2024. La respectiva compraventa quedó registrada en el repertorio 1535 de esa Notaria, misma que presentó el investigado firmada por la compradora, acompañando copia de su cédula de identidad, sin existir justificación del pago del precio en su oportunidad pactado”

 Hecho 6: “El 19 de diciembre de 2021 el investigado postuló al concurso de conservador de bienes Raíces de Santiago, concluido el proceso de selección se elaboró la terna en la que obtuvo en primera votación los votos de los ministros Rojas González, Carreño, Leyton, Ulloa, Barrientos, Gray, Sabaj y la suplente Villegas, los que no fueron bastantes para participar en las siguientes votaciones que se ejecutaron para alcanzar las mayorías requeridas.”

Hecho 7: “Al menos durante el año 2021 y 2022 en fechas indeterminadas el investigado y Migueles Oteiza habrían ejecutado acciones de intermediación, a fin de obtener el apoyo en las votaciones para las postulaciones y nominaciones de a los cargos de notario interino y titular en la 1° y 5° Notaria de San Miguel a favor de Rodrigo Ortuzar y Fernando Martel.”

Hecho 8: “En las actualizaciones a sus declaraciones de patrimonio e intereses que debe ejecutar de modo regular cada año, y en aquellas que ha completado a requerimiento de fiscal judicial en el contexto de los controles extraordinario en el plan regular de fiscalización, el investigado deliberadamente ha omitido información completa y veraz sobre su patrimonio. Es así como no ha actualizado el avalúo de sus inmuebles, ha omitido la declaración de aquellos adquiridos en el extranjero, no ha declarado los bienes que forman parte el patrimonio de la sociedad SYL

EIRL, Inmobiliaria e Inversiones Santa Blanca de las que se registra como controlador y omitido toda información de la sociedad Emegeme SPA. También ha omitido actualizar los avalúos de los bienes muebles que se registran a su nombre como aquellos adquiridos por las sociedades de la que es controlador”

Hecho 9: “El 31 de enero de 2025 el investigado y Migueles Oteiza, comparecieron en el oficio del Notario Ortuzar, ante quien suscribieron una escritura pública de transacción la que se registró en el repertorio 227 del año 2025. Conforme esa escritura denominada “transacción” Yaber y Migueles declaran que su objeto es precaver cualquier litigio eventual derivado del contrato de asesoría laboral y o profesional que Migueles Oteíza le prestó entre noviembre de 2018 y hasta diciembre de 2024. Por ese instrumento el investigado se obliga a pagar $41.000.000 a Migueles Oteiza. La modalidad de pago pactada en la convención fue mediante trece cuotas, la primera de $5.000.000, pagada antes de su suscripción, y las restantes de $3.000.000 que se transfieren de modo directo a la cuenta bancaria informada por Migueles Oteiza, la última de ella con vencimiento el día de hoy (31 de diciembre de 2025)”

Hecho 10: “En fecha indeterminada de julio de 2024 y el 24 de octubre de 2025

autorizado por mandato judicial, el OS7 de Carabineros procedió a ejecutar diligencias investigativas intrusivas en el oficio del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto, interrogando empleados e incautando documentación de las que el investigado solo informó al juez a cargo de su supervisión cuando informadas las diligencias por los medios de comunicación se le requirió informe.”

Hecho 11: “Migueles Oteiza, de profesión u oficio desconocido y los abogados  Vargas Cociña y Lagos Herrera fueron formalizados en noviembre de 2025 en la causa rol 11.240-2024 del ingreso del 7° Juzgado de Garantía de Santiago en calidad de imputados por delitos de cohecho reiterado, lavado de activos y soborno reiterado. En las audiencias públicas en las que se expusieron los  antecedentes materia de la investigación y que fundaban la comisión de los delitos imputados, así como la necesidad de cautela por la que se les impuso prisión preventiva, se dio cuenta de la relación concertada entre esos imputados y otras personas aun no formalizadas relativa a la recepción de pagos sin justificación jurídica comercial. Entre esos antecedentes se reprodujo una conversación habida entre Yaber y Barrena, en la que el investigado admite conocimiento de los delitos de cohecho que se atribuyen a Vivanco Martínez y Mario Vargas. También de modo espontáneo refiere como a través de abogados de la plaza realizó gestiones para intervenir en las votaciones en las que se debían resolver las apelaciones a las sanciones impuestas a Ulloa Márquez y Sabaj Escudero por infracciones a la probidad. Expuso también en ese diálogo labores de intermediación para intervenir en la nominación para un cargo de ministro de la Corte Suprema.”

LA FISCAL TRONCOSO CREE QUE HAY DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS

 La investigadora del sumario en la Corte de San Miguel contra Yáber, Barrena, Ortúzar y Martel apunta que hay una “participación en una red organizada para intervenir en la selección de cargos públicos, de la que el pago a Ulloa, a Migueles en dinero y la contratación de una persona que simultáneamente prestaba servicios domésticos en su casa que compartía con Vivanco, son prueba irrefutable. Un efecto colateral de este proceso de intervención en los preciados cargos de notario de los que se aprecia como facilitador, también se manifiestan en su incremento patrimonial, mismo que sin ser delito o falta, al tiempo que deliberadamente oculta, hace presumir un origen irregular.”

La fiscal Troncoso es tajante y apunta que “El efecto expansivo y el descrédito para la función judicial se advierte con la numerosas repercusiones comunicaciones que han replicado y dado a conocer un mecanismo en el que el investigado tomó parte, para mediante pagos y dádivas intervenir en el sistema de nombramientos de cargos públicos sin sueldo fiscal, los que además afectan más allá del grupo de funcionarios involucrados, sino especialmente tiñen al quehacer judicial en su conjunto, proyectando una imagen de corrupción generalizada que merma la confianza de los justiciables en el quehacer de los tribunales, incluso cuando no toman parte alguna en el proceso de selección o nombramiento de estos cargos.”

 Asimismo, Troncoso plantea su tesis sobre cómo Yáber llegó a ser designado Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto apuntando que “Los antecedentes dejan de manifiesto lo atractivo e interesante que era la plaza para los candidatos habilitados a postular a tal cargo: más 100 personas que postularon y 97 de ellas admitidas para evaluación curricular. En ese proceso la antigüedad del investigado y la suma de sus puntajes lo colocó en la novena posición del total de posibles candidatos. Sin embargo, la posición en el ranking del investigado debe ser ponderada con el encuentro reconocido por el investigado con la ministra de la Corte Suprema Ángela Vivanco y su pareja, y especialmente, con el ministro Antonio Ulloa quien a la fecha aún se encontraba en la jurisdicción de Copiapó, pero que mantenía un alto grado de actividad e intervención de concursos de todo tipo. Los pagos ejecutados al ministro Ulloa solo pueden leerse como el apoyo irregular a su candidatura” apunta en el informe.

A su vez, agrega Troncoso “la red de pagos se concreta al tener en cuenta sus dadivosas contribuciones a personas del entorno político reconocidas de influencia en el gobierno de turno que lo nombró (Piñera 2). Los otros investigados en esta causa – Barrena y Ortúzar – así como también el personal de confianza del conservador han referido el carácter sociable del investigado manifestado particularmente en su forma de congregar socialmente a personas de su interés tales como abogados, jueces, ministros. Pero resulta curioso que esas personas tenían en común la posibilidad de intervenir, ya sea en los concursos o en las cuestiones disciplinarias a las que pudiere someterse el investigado.”

Remata en el informe sobre la llegada de Migueles: “En el caso del investigado ese interés excede el simple o natural interés propio, pues hizo de este método una agencia de colocación para cargos de notario, lo que se puede concluir al advertir la directa relación entre pertenecer a ese grupo de interés y resultar favorecido con un cargo. La contratación de Migueles Oteiza, a honorarios por los cuales se le pagaba $3.000.000 de pesos mensuales, sin profesión u oficio conocido, excede del marco de funciones que expuso en el informe al Juez García. Tuve a la vista los correos electrónicos en los que Migueles realizaba cotizaciones de material y apoyaba en la gestión interna del oficio. También todos los trabajadores interrogados dieron cuenta que su labor concreta en el oficio era de real jefe de personal: adoptaba las decisiones que le correspondían al empleador en lo que dice relación a la disciplina interna, e incluso las remuneraciones.”

Agrega finalmente que los puestos de trabajo que ofreció y pagó son un sistema o “modalidad de control a través de terceros, sumado al antecedente de la estructura de remuneraciones, más bien a la baja, deja en evidencia que los contratos de Ponce, Migueles, Farías, Moreno, responden no a la lógica de su desempeño o competencias, o si no, a la retribución a través de esas personas de su votación y la de su círculo cercano”.

Sobre la empleada doméstica Leydi Moreno, suma “La situación de Leidy Moreno deja en evidencia esta conclusión. Según Márquez, quien la contactó para trabajar para un evento en la casa de Migueles, al poco tiempo esta mujer, extranjera, sin residencia permanente, paso de hacer el aseo en el oficio y a un puesto administrativo mejor pagado. Otros trabajadores reconocen que además Moreno trabajaba en la casa de la pareja Migueles Vivanco, lo que considerando su contrato como empleada a tiempo completo y la remuneración que percibía, me permite concluir que es una forma encubierta de pago a Vivanco, quien tenía un rol determinante en esta corte especialmente cuando fue su visitadora”.

Y el remate sobre la situación de esta mujer migrante es rotundo “Una corroboración de esta conclusión es el análisis que hago respecto delcontrato de Leidy Moreno. Esta mujer no solo ascendió en sus remuneraciones en el oficio, al tiempo que al parecer no trabajaba en el mismo, sino que se dedicaba a labores domésticas en la casa de la pareja Migueles Vivanco, sino que además fue transferida o endosada a Martel con un finiquito de salida bajo condición de contratación nueva que le respetaba la antigüedad en el oficio del conservador: El finiquito de Moreno con Yaber se firma un viernes y su posterior contrato con Martel el lunes siguiente. Queda evidente la conexión de continuidad en este pago encubierto, bajo la fórmula de una empleada que seguro no percibió de modo completo los $2.000.000 de su liquidación, pues su antigüedad se le reconoce en el contrato siguiente con otro empleador, lo que resulta además de creativo, ilegal. No puede soslayarse el hecho de que se trate de una mujer, migrante sin residencia permanente lo que la deja expuesta a mayor vulnerabilidad. Si los empleados nacionales con mas de 20 años renunciaron sin derecho a indemnización, ¿Por qué Yaber le habría pagado una indemnización superior a quien trabajo de aseadora en su oficio? Sostengo que ese contrato fue simulado y el pago del finiquito lo percibió la dupla Migueles – Vivanco para quienes prestaba servicios.”

ANTECEDENTES A LA SEDE PENAL

 Por tratarse de una investigación interna del Poder Judicial, la fiscal judicial Carla Troncoso estima que una serie de estos antecedentes revisten “caracteres de delito” y por lo mismo remite este informe y los detalles de la indagatoria a la Fiscalía Nacional.

Sobre el patrimonio de Yáber, la fiscal Troncoso explica que “Las múltiples declaraciones de patrimonio y sus correspondientes actualizaciones, contrastadas con los antecedentes remitidos por los conservadores de bienes raíces de La Serena, Iquique y Santiago, permiten concluir algo más que la simple negligencia del investigado al realizar el trámite regular de actualización al que se encuentra obligado conforme la ley 20880. Aún consintiendo que las actualizaciones respecto con el avalúo de su patrimonio le resultará engorrosa y por lo tanto simplemente se limitará a traspasar año a año la misma declaración sin actualizar ese avalúo, lo que  resulta patente es que de manera expresa omitió declarar los bienes adquiridos en el extranjero y de los que la Fiscalía judicial solo tuvo conocimiento a través de reportes de prensa. Al menos hasta ahora solo se sabe que adquirió dos departamentos en Buenos Aires el año 2023 y solo los incorporó este mes de noviembre 2025, cuando fue requerido. A este antecedente se suma la omisión del patrimonio asociado a las sociedades que blanca y SYL, así como la omisión total de la sociedad por acción que mantuvo con el notario Leiva.”

Suma a esto la fiscal Troncoso “todos los antecedentes que se han reunido permiten concluir que investigado valiéndose de los fondos que provienen de la explotación del cargo público que se le ha confiado ha promovido la generación de una red de tráfico de influencias con el consiguiente desvío de propósito de la Función Pública y su descrédito. No creo necesario tener que extenderme sobre los bochornosos efectos multiplicadores que han tenido estas noticias en el ya alicaído prestigio de la función judicial, por lo mismo la instrucción ha intentado superar con los medios disponibles a nuestro alcance por la naturaleza de este procedimiento, la simple recolección de recortes de prensa y dotarla de contenido objetivo para justificar los graves cargos que se le han formulado. Ello sin perjuicio de reconocer que el oficio del conservador funciona en buenos términos como se ha comprobado las veces que me he constituido para ejecutar diligencias, pero ello no basta. La condición de funcionario público no se pierde al término de la jornada de atención de público, porque finalmente un cargo es una carga, no un emprendimiento delictual cuestión que el parecer el investigado no logra comprender.”

 Remata la fiscal Troncoso que Yáber se negó a declarar en la causa asesorado por su abogado defensor y que en el deber denuncia “advierto que los pagos por servicios que en mi concepto no tienen justificación comercial o jurídica, sumado a los movimientos bancarios con quien está siendo ya investigado por lavado de activos deben ser revisados en sede penal. En mi condición de funcionario público, sin perjuicio del resultado de esta instrucción por expreso mandato legal con esta misma fecha remitiré copia de esta resolución a la Unidad Especializada en Anticorrupción, Lavado de Activos y Probidad Interna (UNAC) para que evalúe abrir causa penal, conforme el art.175 del Código Procesal Penal.”

Ahora la palabrá final sobre la carrera como conservador de bienes raíces la tendrá el Pleno de la Corte de Apelaciones de San Miguel y el Fiscal Nacional, Ángel Valencia debera definir si esta indagatoria interna del Poder Judicial se la envía a la fiscal regional de Los Lagos, Carmen Glora Wittwer, quien pretender formalizar a Yáber el próximo miércoles 14 de enero.-

 


 

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