Si el proyecto que actualmente busca tramitar con rapidez la Comisión de Constitución del Senado ya estuviera vigente como ley, ningún periodista en Chile podría estar hoy informando en televisión, radio o prensa escrita sobre las diligencias en curso en los principales casos de corrupción que afectan al mundo político, como ProCultura o Audio, lo cual amenaza la libertad de información.
Los senadores Pedro Araya, Luz Ebensperger, Paulina Núñez, Luciano Cruz-Coke y Alfonso de Urresti presentaron la iniciativa denominada «Moción de protección de antecedentes en proceso penal».
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Su objetivo es modificar distintas normativas legales para establecer como delito con penas de cárcel la difusión de información obtenida en investigaciones penales sujetas a reserva.
PROBLEMA QUE SE GENERA
El problema surge porque, por norma general, los procesos penales se mantienen reservados para personas ajenas a las partes, lo que ha llevado a diversos sectores a calificar la propuesta como una nueva Ley Mordaza, similar a la que se intentó imponer hace una década.
En 2016, tras el impacto transversal que causaron los casos Penta y SQM, surgió en el Congreso un proyecto de ley que buscaba sancionar no solo a los funcionarios públicos que filtraran antecedentes reservados, sino también a quienes los publicaran, incluyendo testimonios, chats y peritajes.
Esa propuesta encontró férrea oposición del gremio periodístico y de defensores de la libertad de expresión, lo que impidió que la llamada «Ley Mordaza 1.0» fuera aprobada.
DEBATE
Hoy, una versión actualizada de esa propuesta ha vuelto a instalarse en el debate legislativo.
El boletín 17.484-07 detalla el contenido y casi llega a discutirse en sala recientemente, tras una rápida tramitación de la comisión respectiva.
Aunque no llegó a votarse, el proyecto sigue avanzando en el Senado, con el respaldo de parlamentarios que buscan reunir los votos necesarios para aprobar un nuevo marco legal sin precedentes.
FUNDAMENTOS DEL PROYECTO
En el texto, los senadores justifican su propuesta señalando que con la reforma procesal penal de 2000 se produjo una «transformación paradigmática del sistema de enjuiciamiento criminal, transitando desde un modelo predominantemente inquisitivo, caracterizado por el secreto sumarial, hacia un sistema adversarial con una marcada preponderancia del principio de transparencia».
La intención, según explican, fue «Una apertura para fortalecer las garantías del imputado, permitiendo a la defensa un acceso más temprano y amplio a los antecedentes de la investigación, con el propósito de subsanar una histórica asimetría de información».
MEDIOS DE COMUNICACIÓN
Argumentan, que esta apertura se ha distorsionado a partir de la cobertura que los medios han dado a casos recientes de alta connotación pública.
«Sin embargo, recientes causas penales de alta cobertura mediática como el Caso Audio que involucra la difusión de conversaciones privadas del abogado Luis Hermosilla; o el Caso Monsalve con acceso indebido a la carpeta investigativa; la reciente filtración de chats entre la exalcaldesa de Santiago, Irací Hassler, y la diputada Karol Cariola en el marco de la investigación por el Caso Sierra Bella, evidencian una tensión creciente entre el derecho a la intimidad y privacidad de los intervinientes por un lado, y la libertad de información, transparencia y publicidad del proceso penal por el otro, especialmente cuando existen asuntos de interés público», se lee en el documento.
EL PUNTO CRÍTICO
Para los impulsores del proyecto, existe un uso instrumental de las filtraciones con fines políticos o de desprestigio, lo que genera un daño tanto a las personas involucradas como al sistema judicial.
«El mal uso del proceso judicial con fines políticos o de desprestigio personal, deriva en la instrumentalización de las instituciones llamadas a hacer justicia en aquellos casos en donde la sociedad actual más necesita eficiencia: en la comisión de delitos. No cabe duda de que la filtración selectiva de antecedentes a menudo antes de que sean ponderados en sede judicial responde en muchos casos a intereses particulares ajenos a la justicia, afectando la presunción de inocencia, vulnerando la intimidad de víctimas, testigos e imputados, y comprometiendo el éxito de las investigaciones penales. Ninguna filtración es desinteresada», aseguran.
ORDENAMIENTO JURÍDICO
No obstante, quienes critican esta iniciativa recuerdan que el ordenamiento jurídico ya contempla sanciones para fiscales, jueces y policías que violen la reserva legal en los procesos penales.
Lo que no está regulado, como ha reconocido el fiscal nacional Ángel Valencia, es cómo manejar la situación cuando la información reservada llega a manos de un querellante o parte civil que no es funcionario público y, por tanto, no está sujeto a las mismas obligaciones.
El proyecto, sin embargo, va más allá y plantea una reforma al Código Procesal Penal que podría aplicarse también a periodistas y medios de comunicación.
DOCUMENTO
En la página 5 del documento se establece: «Sustituyese el inciso final del artículo 226 J por el siguiente: ‘El que de cualquier modo entregare, informare, difundiere o divulgare información de cualquier naturaleza acerca de antecedentes de una investigación amparada por el secreto, incurrirá en la pena de presidio menor en su grado medio a máximo».
Al no aclarar a quién se refiere el término «el que», la redacción abre la posibilidad de sancionar penalmente a cualquier persona, incluidos periodistas, por informar sobre investigaciones reservadas.
Más adelante, el texto agrega que «Esta sanción se extenderá a los funcionarios que hubieren participado en la investigación y a todo aquel que, de cualquier modo, informe, difunda o divulgue información relativa a una investigación o, incluso, al hecho de estarse realizando ésta». Recién ahí se menciona a fiscales, policías, jueces o testigos.
EXPERIENCIAS INTERNACIONALES
Como parte de sus argumentos, los autores del proyecto citan experiencias internacionales.
Por ejemplo, afirman que «Tal como evidenció el caso de Giséle Pelicot, donde, a pesar de la alta exposición mediática y el interés público en un caso indignante de violación, no se produjeron divulgaciones indebidas de información de la investigación. Este resultado ha sido atribuido a la existencia de un marco normativo riguroso y sanciones efectivas que disuaden la filtración de antecedentes, incluso en contextos de gran presión social y política».
En el caso Pelicot, señalan, la prensa sí informó ampliamente sobre los detalles del proceso, incluyendo declaraciones del imputado, de la víctima y de testigos, sin que ello implicara sanciones a los periodistas.
Por lo tanto, aunque los esfuerzos por sancionar de manera más efectiva a quienes dentro del sistema filtran información pueden ser necesarios, el contenido de esta moción parlamentaria podría poner en riesgo el ejercicio del periodismo y el derecho a la información, especialmente en investigaciones que afectan el interés público. Así lo advierten organizaciones de prensa y especialistas en libertad de expresión, recordando que estos principios están garantizados en la Constitución.
N. de la R. La libertad de prensa no es un derecho exclusivo de los periodistas para informar, no. Es también un derecho de las audiencias, de usted y de todas las personas a ser informados veraz y oportunamente acerca de los hechos que importan a la sociedad.
Tal derecho apunta además, a sostener la democracia, toda vez que, la información es base de las decisiones que afectan al país todo.
La libertad de prensa es fundamental para el buen funcionamiento de una sociedad democrática y pluralista. Aquí tienes razones claras por las que esta libertad ayuda a la sociedad:
1. Informa a la ciudadanía
La prensa libre permite que las personas accedan a información veraz, diversa y oportuna sobre los hechos que afectan sus vidas: política, economía, salud, medioambiente, etc.
Una ciudadanía informada toma mejores decisiones en elecciones, consumo y participación social.
2. Fiscaliza al poder
Una prensa libre puede investigar y denunciar abusos, corrupción, negligencias o irregularidades de autoridades, empresas o instituciones.
Funciona como un «cuarto poder» que vigila y limita los excesos del poder público o privado.
3. Protege otras libertades
Donde hay libertad de prensa, generalmente también hay respeto por otras libertades: de expresión, de asociación, de conciencia.
Es un indicador clave del estado de los derechos humanos.
4. Favorece el debate y la diversidad de ideas
Permite que diferentes voces y opiniones convivan en el espacio público, incluso si son críticas o incómodas para quienes gobiernan.
Una sociedad plural es más tolerante, creativa y abierta al cambio.
5. Alerta sobre problemas antes de que exploten
Una prensa libre puede visibilizar temas sociales antes de que se conviertan en crisis: violencia de género, contaminación, pobreza, etc.
Previene conflictos y ayuda a orientar políticas públicas más justas.
6. Fomenta la transparencia y la rendición de cuentas
Cuando los gobernantes saben que pueden ser cuestionados públicamente, tienden a actuar con más cuidado.
Esto mejora la calidad de la gestión pública y la confianza ciudadana.
¿Y si no hay libertad de prensa?
La desinformación y la propaganda dominan el discurso.
Se silencian abusos y corrupción.
La ciudadanía no puede exigir sus derechos.
Se debilita la democracia.