Política

Ministra Aguilera no descarta aplicar urgencia a proyecto de aborto legal

Sofia Martinez

Aguilera interpelación
Foto: Agencia UNO
El proyecto de aborto legal ingresó el lunes sin urgencia y será visto por las comisiones de Salud, Constitución y Hacienda.

El lunes, el Gobierno ingresó el proyecto de aborto legal a la Cámara de Diputadas y Diputados. Pese a que el mismo presidente de la instancia, el diputado José Miguel Castro (RN) instó a ponerle urgencia, se decidió que la iniciativa no entraría con ella.

Además, se decidió que el proyecto de ley no será discutido por la comisión de Mujeres, si no que sea discutido por las comisiones de Salud, Constitución y Hacienda.

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Este miércoles, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, no descartó aplicar urgencia al proyecto de aborto legal.

Luego que el Ejecutivo ingresara formalmente la iniciativa que busca legalizar el aborto sin causales, comienza la discusión en el Congreso donde sigue la duda respecto a la urgencia que se aplicará para seguir con su trámite legislativo.

Consultada por Radio Bío Bío, la ministra de Salud, Ximena Aguilera, sostuvo que la urgencia de la iniciativa de aborto legal se va viendo semana a semana, pero estimó que se aplicaría prontamente.

“Yo creo que como primer hecho relevante es que haya ingresado y el tema de las urgencias se va viendo semana a semana, probablemente se le va a ingresar alguna urgencia después de toda esta discusión que permita comenzar la discusión”, señaló.

EN QUÉ CONSISTE EL PROYECTO

En el proyecto, se indica que “Si bien la ley N° 21.030 ha sido un avance para las mujeres, la implementación de la despenalización parcial de la interrupción del embarazo ha tenido problemas en cuanto al acceso a la prestación”.

Así, señalan, “la propuesta se condice con las obligaciones internacionales asumidas por el Estado de Chile de garantizar un acceso efectivo a la interrupción voluntaria del embarazo, removiendo los obstáculos que impiden o dilatan innecesariamente la atención médica de las personas”.

El proyecto del Gobierno contempla cuatro artículos permanentes y dos artículos transitorios. En su primer artículo, se habilita “la interrupción voluntaria del embarazo dentro de las primeras catorce semanas de gestación (inclusive) a petición de la mujer, adolescente o niña embarazada”. Además, se da al Ministerio de Salud la responsabilidad de dictar las normas técnicas que regulen dicha prestación.

PRESTACIÓN DE SALUD

El artículo 2 establece que para acceder a la prestación de salud, la mujer deberá manifestar su voluntad de conformidad a las reglas señaladas en los incisos segundo al noveno del artículo 119 del Código Sanitario.

Asimismo, dispone que la mujer tendrá derecho a que se le entregue información y reconoce el derecho del personal de salud de abstenerse a prestar el servicio de salud según lo indicado en el artículo 119 ter del Código Sanitario.

El artículo 3, por su parte, reconoce el deber del Estado de implementar las medidas necesarias para garantizar el acceso a la prestación y a información veraz. En tanto, el 4, modifica el artículo 117 del Código Sanitario de dos maneras. Primero, reconoce la interrupción del embarazo como parte de los servicios profesionales de la matronería. Y, segundo, le permite indicar, usar y prescribir los medicamentos que el reglamento califique como necesarios.

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