Ni corpóreos, maquillaje, zapatos, calzoncillos o elementos de similar especie podrán ya ser parte de los gastos que se informen al Servicio Electoral (Servel) tras la publicación del último Manual de Gasto Electoral para las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias de 2025, que dejó fuera este tipo de ítems que antes se consideraban parte de la campaña.
Con esta normativa, no podría haber sido parte de la rendición, por ejemplo, el corpóreo «Piñerín» de las primarias de 2021 de Sebastián Piñera, ni los cinturones, corbatas, boxers, calcetines y zapatos Hugo Boss de Franco Parisi en 2013.
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Hasta ahora gastos electorales como vestimenta y maquillaje eran rotulados bajo “servicio de imagen para campaña electoral”. Eso no existirá más.
No son gastos baladíes. En la última elección presidencial, Sebastián Sichel (Chile Vamos) rindió un total de $1.731.348.638. El republicano José Antonio Kast invirtió $1.674.585.319, mientras que el actual Presidente Gabriel Boric reportó gastos por $1.305.164.074.
MÁS ESTRICTO
En las 199 páginas del Manual de Gasto Electoral el Servel establece también que en las rendiciones los comandos deben completar el ítem de “Documentos Transaccionales”, con las cotizaciones, las órdenes de compra, el contrato o la orden de trabajo para acreditar los gastos de la campaña, al igual que los documentos tributarios que acrediten los gastos, incluyendo, así las notas de crédito o débito que modifiquen una factura.
Además de esto, los equipos deberán incluir, a modo de requisito, información que acredite la actividad en donde se incurrió en el gasto. En el apartado “Informe de Actividades”, las candidaturas deberán incluir “medios de comprobación documental”, de los gastos. Es decir, incluir imágenes, videos o links de redes sociales en donde se compruebe en qué se ocupó lo desembolsado.
Asimismo, el Servel solicita la inclusión de tres cotizaciones para respaldar la “determinación de los precios del mercado” y detalles cuando se trata de servicios tercerizados.
En el apartado que denominan gastos menores -que no puede superar el 10% del gasto electoral- no se pueden incluir servicios de banquetería, coctelería, adquisición de propaganda electoral o gastos en combustible y peaje.
Antes del día de las elecciones, se debe entregar un informe detallado de los gastos por conceptos específicos que superen las 30 Unidades de Fomento ($1.180.468), como por ejemplo algún tipo de servicio específico o los gastos en bienes inmuebles.