Política

Proyecto busca vetar del Estado a abogados que defiendan a terroristas

Cristian Navarro H.

Periodista

abogados
Imagen referencial creada con herramientas digitales
La moción establece inhabilidades para profesionales que hayan representado a imputados por narcotráfico, asociación criminal o terrorismo. La restricción alcanzaría a la Administración Pública, el Congreso, el Poder Judicial y el Ministerio Público.

Un proyecto de ley propone impedir el ingreso a distintas instituciones del Estado de abogados que hayan patrocinado o representado a personas imputadas por delitos vinculados con las asociaciones criminales o el terrorismo.

La iniciativa busca modificar la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado y extender las restricciones actualmente contempladas en el artículo 61 de la Ley N.º 20.000.

Según los fundamentos de la moción, el avance del crimen organizado exige establecer barreras preventivas que protejan a las instituciones públicas frente a eventuales conflictos de interés, riesgos de infiltración y el debilitamiento de la confianza ciudadana.

RESTRICCIÓN ABARCARÍA A DISTINTOS ORGANISMOS

La inhabilidad alcanzaría a los abogados que pretendan incorporarse a la Administración del Estado, organismos descentralizados, escalafones del Poder Judicial, Senado, Cámara de Diputados, Biblioteca del Congreso Nacional y Ministerio Público.

Lea también Diputado Ulloa respalda alza de 23,9% para Vivienda

La restricción también se aplicaría a determinadas asesorías jurídicas, legislativas o profesionales contratadas por comités parlamentarios, diputados y senadores.

El proyecto contempla, además, incompatibilidades para los abogados que ya trabajen en estas instituciones. Si durante el ejercicio de sus funciones representan a imputados por los delitos incluidos en la propuesta, podrían enfrentar procesos disciplinarios, destitución o el término de sus contratos.

EXCEPCIONES PARA LA DEFENSA PÚBLICA

La iniciativa excluye expresamente a los abogados de la Defensoría Penal Pública, prestadores del servicio de defensa penal pública, profesionales de las Corporaciones de Asistencia Judicial y egresados de Derecho que realicen su práctica gratuita en estas instituciones.

El texto sostiene que estas excepciones permiten resguardar el derecho constitucional a defensa, debido a que los profesionales actúan en cumplimiento de una función institucional y no como resultado de una contratación privada.

La moción también aclara que la medida no pretende atribuir a los abogados las conductas de sus representados ni impedirles asumir esas defensas. Su objetivo, señala, consiste en fijar requisitos especiales para quienes posteriormente busquen incorporarse a organismos públicos considerados sensibles.

CONTRALORÍA ADMINISTRARÍA REGISTRO

Para aplicar las inhabilidades, los jueces o el Ministerio Público deberán informar a la Contraloría General de la República la identidad de los abogados que intervengan en estas causas.

El organismo mantendrá un registro destinado exclusivamente a verificar el cumplimiento de las restricciones. El Congreso, el Poder Judicial y el Ministerio Público podrán consultar estos antecedentes, aunque la Contraloría no tendrá facultades que afecten la autonomía de esas instituciones.

El proyecto entraría en vigencia 90 días después de su eventual publicación en el Diario Oficial. Asimismo, traspasaría al nuevo registro los antecedentes que actualmente conserva la Contraloría en virtud de la Ley N.º 20.000.

 

Comparte en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email