Diputados del Partido Liberal presentaron un proyecto de ley que busca incentivar la participación laboral de personas mayores de 50 años.
Para ello propone que las empresas de cincuenta o más trabajadores deban contratar o mantener contratados en al menos el 10% de la plazas a personas de esa edad o superior. En el caso de las compañias de 200 o más trabajadores deberá ser, como mínimo, el 25%.
“En ambos casos, el empleador deberá registrar dichos contratos, así como sus modificaciones o términos, dentro de los quince días siguientes a su celebración, a través del sitio electrónico de la Dirección del Trabajo”, dice el proyecto.
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En caso de incumplimiento de esa obligación, este será sancionado con multa de cincuenta a cien unidades tributarias mensuales, en el caso de medianas empresas, y de trescientas a quinientas unidades tributarias mensuales, en el caso de las grandes.
Todas deberán elaborar un reporte anual al respecto.
“El informe contemplará el porcentaje de participación de personas mayores de 50 años dentro de la organización; las acciones para su inclusión laboral; antecedentes acerca de la brecha tecnológica, y otras medidas que haya adoptado la empresa para promover su bienestar”, establece.
CONDICIONES DE TRABAJO
Asimismo, los empleadores deberán adecuar el sistema de trabajo y las funciones de los trabajadores de acuerdo con su edad.
Cuando los trabajadores presenten dificultades de adaptación en razón de su envejecimiento, deberán adoptar medidas tales como reducir la duración normal del trabajo, diaria o semanal, de los trabajadores dedicados a ocupaciones penosas, peligrosas o insalubres.
Del mismo modo, plantea corregir aquellas condiciones de trabajo y de medio ambiente laboral que puedan acelerar el proceso de envejecimiento o perjudicar la salud del trabajador. Esto implica modificar las formas de organización del trabajo y la ordenación de los horarios que entrañen exigencias y ritmos excesivos en relación con las posibilidades de los trabajadores. Esto implica limitar las horas extraordinarias y adaptar el puesto de trabajo y las tareas que éste exige al trabajador que ocupa.
En los casos en que el empleador ponga término al contrato de trabajo en conformidad con el artículo 161, la reducción de personal deberá realizarse manteniendo la proporción de trabajadores mayores de 50 años de edad.
Para los plazos de implementación se establece que la ley entrará a regir una vez transcurridos 24 meses desde su publicación en el Diario Oficial.