RN no suelta a Jadue: ahora lo lleva al Tricel. “Queremos que se deje sin efecto la inscripción de Daniel Jadue como candidato a diputado. No solamente queremos que se le deje sin derecho a sufragio, sino que también que se explicite que él no puede ni debe ser candidato en la elección parlamentaria de 2025″, dijo el abogado Marcelo Brunet.
El abogado de Renovación Nacional, confirmó que recurrirán al Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel) para que Jadue (PC) quede imposibilitado de ser candidato a diputado por el distrito 9.
Esto luego de que el Segundo Tribunal Electoral de la RM rechazara el reclamo de RN contra la candidatura del exedil. Como se recordará, la candidatura había sido previamente validada por Servel.
Estado procesal: Acusado
El exalcalde de Recoleta, se encuentra acusado en el caso Farmacias Populares, por graves delitos de fraude fiscal. Ello, en calidad de autor y de delitos reiterados.
Sin embargo, no se encuentra aún realizada la audiencia preparatoria. En este caso, una norma constitucional (Art. 16 N° 2) y varias legales han sido interpretadas para adecuarlas al caso particular. ¿Basta la acusación?
El TER resolvió que sobre Jadue “pesa una acusación presentada por el Ministerio Público», como primer hecho. Pero agregó «sin que en el proceso penal seguido en su contra se haya realizado la audiencia preparatoria del juicio oral”.
Conflicto de interpretación
De acuerdo a lo señalado por el TER “la sola acusación» no es suficiente. Ella «no ha podido producir el efecto de suspender el derecho de sufragio del elector”. Lo anterior, lo llevó a concluir que está habilitado «para competir en la próxima elección parlamentaria.
La citada norma señala: «Artículo 16. El derecho a sufragio se suspende. 2° Por hallarse la persona acusada por delito que merezca pena aflictiva o por delito que la ley califique como conducta terrorista».
Brunet, abogado de RN, anunció que recurrió de apelación al Tricel, para que sea este tribunal el que tenga la última palabra.
Y de paso, al Servel
Al mismo tiempo, el abogado informó que RN también impugnará la decisión del Servel. Ello, por haber aceptado la declaración de candidatura de Jadue sin impugnarla.
“Queremos que se deje sin efecto la inscripción de Daniel Jadue como candidato a diputado. No solamente queremos que se le deje sin derecho a sufragio, sino que también queremos que se explicite que él no puede ni debe ser candidato en la elección parlamentaria de 2025″, dijo Brunet.
Jurisprudencia ¿obliga?
Agregó que hay jurisprudencia, como el caso del exalcalde Luis Plaza. Este, no pudo ser candidato. Ello, «precisamente por estar en la misma condición jurídica en la que se encuentra Daniel Jadue”.
“No podríamos entender que en un caso se aplique una norma y en otro caso se aplique una distinta”, indicó.
Cabe señalar que, en Chile, de acuerdo al artículo N° 3 del Código Civil, la jurisprudencia no es obligatoria. El Artículo 3°, establece que «las sentencias judiciales solo son obligatorias para el caso específico en que se dictan». Esto busca asegurar que la ley tenga primacía sobre las decisiones judiciales. Se evita así, un sistema de precedentes obligatorios por sobre la propia ley.
El Tricel tendrá que resolver la apelación al fallo de primera instancia que no quiso suspender el derecho a sufragio de Jadue. Y, al mismo tiempo, la impugnación de la decisión del Servel.