Las conocidas llamadas spam podrían llegar a su fin. Y es que hoy el Senado informó que la Comisión de Economía será la encargada de analizar el proyecto que establece normas sobre protección de los derechos de los consumidores.
Y así prohibir llamadas telefónicas publicitarias sin consentimiento del consumidor.
Aumento de llamadas publicitarias
El texto subraya que, «a pesar de los esfuerzos legislativos, así como también los esfuerzos que ha tenido el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac), las llamadas spam aumentaron un 94% en 2021, a la vez que las solicitudes hacia el Sernac por llamados molestos se duplicaron en el primer semestre de 2022, en relación con el año anterior».
Por lo que, se buscará que toda comunicación con fines publicitarios, realizada mediante llamados telefónicos o mensajería instantánea deberá contar con el consentimiento previo, expreso y específico del destinatario.
Este, deberá manifestarse a través de una declaración escrita o de un medio electrónico equivalente, o por un acto afirmativo que de cuenta con claridad de la voluntad del titular.
Reporte de prensa
Mediante un reporte de prensa, el Senado señaló que, «cabe destacar que el incumplimiento de esta norma será sancionado con una multa de más de 66 millones de pesos (hasta mil unidades tributarias mensuales)».
«No se podrá obtener el consentimiento del destinatario cuando el proveedor haya iniciado el contacto telefónico».
Además, el reporte de prensa señaló sobre esta iniciativa, «el consumidor podrá revocar el consentimiento otorgado en cualquier momento y sin expresión de causa, utilizando medios similares o equivalentes a los empleados para su otorgamiento, o en una plataforma digital claramente visible en la página web del proveedor».
Respecto a las comunicaciones enviadas por escrito deberán señalar su materia o asunto, la identidad del remitente y una forma simple en la que el se pueda solicitar la suspensión de estas.
Cuando la suspensión haya sido solicitada, el envío de nuevas comunicaciones quedará prohibido.
También, se propone que «el máximo de contactos telefónicos, visitas u otras actuaciones de cobranzas permitidas por semana, deberán ser entendidas respecto de una determinada deuda, independientemente si la gestión ha sido realizada por el proveedor del crédito o por una empresa de cobranza extrajudicial, indistintamente».