En la jornada de este lunes, el Pleno de la Corte de Apelaciones de Antofagasta dio luz verde a la solicitud de tramitar el desafuero presentada contra la diputada Catalina Pérez en el contexto del caso Democracia Viva.
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La diputada está bajo la mirada de la justicia debido a su vinculación con una fundación, cuyo representante es su expareja, Daniel Andrade. La investigación se centra en un presunto fraude al fisco que se habría producido de manera reiterada.
Este caso surge a raíz de los convenios firmados entre el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (Minvu) y la Fundación Democracia Viva en la región de Antofagasta, lo que dio origen al denominado caso de los Convenios.
PROCESO JUDICIAL
El Ministerio Público solicitó el desafuero y además, que se mantengan en reserva los antecedentes del caso, a lo que la Corte accedió.
Se ha instruido notificar a la diputada en su lugar de trabajo, solicitando la colaboración de la Corte de Valparaíso para llevar a cabo este procedimiento.
Además, se ha agendado una audiencia para discutir el caso el próximo lunes 20 de enero de 2025.
FUERO PARLAMENTARIO
Es fundamental tener en cuenta que el artículo 61 de la Constitución Política de la República establece un privilegio para los parlamentarios, conocido como fuero parlamentario.
La norma señala: «Ningún diputado o senador, desde el día de su elección o desde su juramento, según el caso, puede ser acusado o privado de su libertad, salvo el caso de delito flagrante»…
Ello no sería posible a menos que la Corte de Apelaciones respectiva, en pleno, autoriza previamente la acusación «declarando haber lugar a formación de causa».
En este sentido, corresponde a los jueces decidir si un legislador puede ser procesado por la posible comisión de un delito.
¿Qué implica esto en términos prácticos?
El desafuero levanta la protección constitucional que tienen los parlamentarios, lo que permite que la fiscalía pueda solicitar medidas cautelares en su contra.
A su vez, el Tribunal las puede aplicar y eventualmente, condenar.