Política

Suseso autoriza viajes durante licencia maternal

Cristian Navarro H.

Periodista

Suseso
Foto: Agencia Uno
El nuevo criterio no se aplica a todas las licencias.

La Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) modificó oficialmente el criterio normativo sobre el uso de licencias médicas por maternidad, autorizando a las personas beneficiarias de licencias pre y postnatal a viajar dentro y fuera del país sin que ello implique un incumplimiento del reposo exigido hasta ahora por la normativa vigente.

La instrucción está contenida en el dictamen N° O-84937-2025, emitido el 26 de mayo mediante la Circular N° 3863 y firmada por la superintendenta Pamela Gana Cornejo. El documento establece que no se podrá rechazar ni invalidar una licencia de pre o postnatal solo porque la persona no permanezca en su domicilio, pues se trata de un permiso relacionado con la protección de la maternidad y no con una enfermedad común.

Según el texto, “no corresponde aplicar la causal de incumplimiento de reposo respecto de las licencias médicas de pre y postnatal”, ya que estas buscan garantizar el cuidado del recién nacido y la recuperación física de la madre, y no su confinamiento. Esta interpretación, ahora obligatoria para todos los entes del sistema previsional, se apoya en el artículo 194 del Código del Trabajo y en dictámenes anteriores emitidos por la misma Suseso.

ACUSAN “INDULTO ADMINISTRATIVO” Y OMISIÓN DE CONSULTA PÚBLICA

La decisión de no someter el dictamen a consulta pública fue justificada por Suseso bajo el argumento de que solo se recogió jurisprudencia previa. Sin embargo, abogados especializados en derecho administrativo advirtieron que este cambio podría afectar procesos disciplinarios en curso y debilitar el principio de probidad en la administración pública.

Además, diversos actores han interpretado la resolución como una señal equívoca, en medio de la ofensiva que lidera la Contraloría General de la República para fiscalizar el uso irregular de licencias médicas. La CGR investiga actualmente a más de 25 mil funcionarios públicos que habrían viajado al extranjero con licencias por reposo, lo que ha implicado millonarios perjuicios para el Estado. Incluso, la propia Suseso está sujeta a un sumario por no haber actuado a tiempo frente a estos casos.

QUÉ LICENCIAS QUEDAN FUERA DEL CAMBIO

El nuevo criterio no se aplica a todas las licencias. Las de tipo 4, referidas a enfermedades graves de menores de un año, y las tipo 7, relacionadas con patologías del embarazo, seguirán sujetas al régimen general de reposo domiciliario obligatorio.

Pese a que el dictamen busca respaldar el derecho de las madres trabajadoras a decidir cómo y dónde recuperarse, sus implicancias administrativas y políticas han generado un amplio debate sobre los límites del cambio normativo y su oportunidad, en plena crisis por el abuso de licencias médicas en el sector público.

 

Comparte en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email