El Tribunal Constitucional publicó antes de lo previsto el fallo con el que decidió destituir de su cargo a la senadora Isabel Allende (PS), por firmar un contrato con el fisco para vender la casa que fue de su padre, el presidente Salvador Allende.
La decisión provocó un terremoto político que remeció a La Moneda, provocando también la salida de Maya Fernández como ministra de Defensa.
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La resolución, que se extiende por 80 páginas, detalla los argumentos que llevaron al órgano a aceptar con 8 votos a favor y 2 en contra las solicitudes presentadas por el Partido Republicano y Chile Vamos, lo que derivó en la destitución de la parlamentaria.
Los votos en contra de esta decisión correspondieron a los ministros Catalina Lagos Tschorne y Mario Gómez Montoya.
El fallo fue redactado en conjunto por todos los ministros que formaron parte de la decisión. Incluyendo a las dos ministras cercanas al Frente Amplio: Nancy Yáñez (presidenta del tribunal) y Daniela Marzi. Generalmente, esa labor recae en ministros redactores, pero el impacto de la decisión tomada por el TC hizo que, esta vez, el método fuera otro.
LOS ARGUMENTOS DEL TC
En la primera parte, el fallo del TC expone que la senadora Allende incumplió el artículo 60, inciso segundo, de la Constitución Política de la República, el que establece que se “cesará en el cargo al diputado o senador que durante su ejercicio celebrare o caucionare contratos con el Estado”.
En la segunda parte, en tanto, el documento presenta, de forma extensa y detallada, los antecedentes de hecho y de derecho de los requerimientos deducidos.
Entre los argumentos, el TC enfatiza en que “la responsabilidad por infringir la causal de inhabilidad sobreviniente es de carácter personal”.
“Se trata, además, de ilícitos previstos directamente en la Constitución, siendo la responsabilidad de carácter personal y por ello no es extensible su aplicación a la actuación de otras personas, órganos o titulares de órganos públicos”, añade.
Tras esto, desestima que la cesación del cargo de la senadora vulnere la democracia, ya que es deber del parlamentario “ajustar su actuación a los preceptos de la Carta Fundamental, por lo que debe asumir la responsabilidad que corresponda si vulnera sus disposiciones”.
Por último, el TC remarca que “el incumplimiento de una inhabilidad expresa es una causa legítima de pérdida del mandato popular”.
Esto, ya que “se trata de una condición constitucionalmente establecida para la permanencia en el mismo, y su aplicación no vulnera la democracia, sino que la resguarda”.
EL FALLO
La redacción del fallo estuvo a cargo de los ministros María Pía Silva, Miguel Ángel Fernández y Raúl Mera.
Ocho integrantes del Tribunal Constitucional respaldaron la resolución: la presidenta Daniela Marzi, junto a Nancy Yáñez, María Pía Silva, Marcela Peredo, Alejandra Precht, Raúl Mera, Miguel Ángel Fernández y Héctor Mery. En desacuerdo votaron Catalina Lagos y Mario Gómez.
La sentencia, que comenzó a regir de forma inmediata, contempla además la prohibición de ocupar cargos públicos durante un periodo de dos años.
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