Cathy Barriga, exalcaldesa de Maipú, fue sancionada con la prohibición de ejercer cargos públicos por un periodo de cinco años. La medida fue dictada por el Primer Tribunal Electoral Regional de Santiago, que acogió un requerimiento presentado por seis concejales de la comuna, tras una serie de denuncias por irregularidades cometidas durante su gestión entre 2016 y 2021.
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El fallo considera que Barriga incurrió en faltas graves a la probidad administrativa y en un abandono reiterado de sus deberes como autoridad comunal. Las acusaciones incluyen desde el uso de recursos municipales con fines personales hasta contrataciones sin los debidos procedimientos legales, afectando principios esenciales de transparencia y responsabilidad pública.
FALLO POR FALTAS A LA PROBIDAD Y ABANDONO DE DEBERES
La sentencia se ampara en el artículo 51 bis de la Ley N°18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, que permite sancionar a exautoridades cuando se comprueba una falta grave a la probidad o un notable abandono de deberes. En este caso, el tribunal concluyó que Barriga incurrió en conductas que vulneraron principios fundamentales de la gestión pública.
Los concejales Marcela Silva, Gonzalo Ponce, Ariel Ramos, Abraham Donoso, Erto Pantoja y Pedro Delgadillo impulsaron el proceso judicial. Entre las acusaciones figuran el uso indebido de recursos municipales para fines personales, omisión de acuerdos del Concejo Municipal y contrataciones irregulares.
PROMOCIÓN PERSONAL CON RECURSOS PÚBLICOS
Uno de los aspectos más relevantes del fallo es la utilización reiterada de la imagen de Barriga en actividades municipales, contraviniendo el artículo 52 de la Ley N°18.575. En la Cuenta Pública de 2017, su rostro figuró en 110 de las 153 fotografías incluidas. Además, instaló gigantografías con su imagen en instalaciones municipales como la Clínica Veterinaria y el programa “Fuerza de Mujer”.
También fue cuestionada su participación en el video del “Kiki Challenge”, donde aparece bailando junto a un vehículo municipal en movimiento. Este hecho le valió una sanción de la Contraloría General de la República, que lo consideró una infracción grave al principio de probidad.
CONTRATACIONES IRREGULARES EN EVENTOS MUNICIPALES
El fallo también hace referencia al Informe Final N°350 de la Contraloría, que reveló contrataciones irregulares durante el evento “Maipeluza” en 2018. Barriga autorizó tratos directos y fraccionó órdenes de compra que sumaron $285 millones, destinando $195 millones a una sola empresa: Gary Lizama Peña E.I.R.L.
Además, se cuestionó la adquisición de artículos sin registro de distribución, como collares, cajas de terciopelo y paraguas corporativos. También se pintó un vehículo municipal de dorado a solo dos meses de su compra, sin justificación válida. Para el tribunal, estas acciones constituyeron un uso inapropiado de fondos públicos con fines personales.
OMISIONES FRENTE AL CONCEJO MUNICIPAL
Otra de las faltas señaladas fue la extensión unilateral de contratos millonarios, como el de mantención de áreas verdes y el programa “Médicos a Domicilio”, sin el consentimiento del Concejo Municipal, contraviniendo el artículo 65 de la misma ley.
Barriga también se negó a realizar una auditoría externa aprobada en 2018 y rechazó convocar una sesión extraordinaria solicitada por los concejales en 2020 para tratar temas laborales, alegando que se trataba de una simple solicitud de información. El tribunal calificó estas acciones como un «notable abandono de deberes».
USO DE ESPACIOS PÚBLICOS PARA FINES PERSONALES
La exalcaldesa celebró el cumpleaños de su hijo en dependencias municipales durante horario laboral, con decoración contratada externamente. Aunque no se probó el uso de fondos públicos, el tribunal consideró que se trató de un evento privado que refleja una conducta inapropiada en el uso de espacios institucionales.
En otra ocasión, durante la grabación del programa “Renace tu Mañana”, conducido por Barriga, se apagaron bombas de agua potable en un estanque de SMAPA para evitar ruidos, afectando el suministro. Este hecho derivó en una multa de 10 UTA por parte de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sanción que el municipio recurrió judicialmente.
ARGUMENTOS DE LA DEFENSA Y RESOLUCIÓN FINAL
La defensa de Cathy Barriga, encabezada por los abogados Ramiro Mendoza, Matías Mori y Pedro Aguerrea, solicitó el rechazo del requerimiento argumentando que los hechos no constituían causal de sanción y que existía un interés político detrás de la denuncia. No obstante, el tribunal rechazó estos argumentos y concluyó que la conducta de la exalcaldesa fue “contumaz y grave”.
El ministro Guillermo de la Barra Dünner y los abogados Patricio Rosende Lynch y Luis Hernández Olmedo dictaron el fallo y ordenaron notificar la sentencia a la Contraloría General de la República y al Servicio Electoral.
“En consecuencia, se declara que la exalcaldesa de esa comuna, Cathy Carolina Barriga Guerra, queda inhabilitada para ejercer cualquier cargo público por el término de cinco años, contado desde que la presente sentencia quede firme”, establece la resolución.
🚨 Cathy Barriga inhabilitada por 5 años: el TER confirmó que montó una estructura paralela para eludir controles y manejar Maipú a su antojo.
La denunciamos en 2021 por faltas graves a la probidad. Hoy, la justicia habló. https://t.co/L0AbPXMzZO— Bladymir Muñoz (@Bladymir_) March 26, 2025