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Tribunal desestima que madre cometiera delito por garabatear a su hijo

Agencia

El tribunal consideró que la frase “te voy a sacar la chucha” -dicha por la madre- no cumple con los requisitos de seriedad para constituir el delito de amenazas.

En Antofagasta, la Corte de Apelaciones acogió un recurso de nulidad contra una sentencia del Juzgado de Garantía que condenó a una mujer (61) a presidio menor por amenazas en el contexto de violencia intrafamiliar.

Según consignó el Diario Constitucional, el tribunal consideró que la frase “te voy a sacar la chucha” -dicha por la madre- no cumple con los requisitos de seriedad para constituir el delito de amenazas.

De esta manera, el fallo indicó que las amenazas no fueron evaluadas de forma correcta en cuanto a contexto y gravedad. A esto se sumó que la sentencia carecía de un análisis profundo respecto a las pruebas.

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“No pareciera que las expresiones “tengo ganas de sacarte la chucha” o “te voy a sacar la chucha”, puedan ser subsumidas en algún tipo penal determinado, y en caso de resultar ello posible, ninguna referencia se ha verificado en el acto jurisdiccional cuestionado”, dice el documento.

Respecto a la tipicidad subjetiva de la figura, manifiesta que, “(…) tampoco se han incorporado en la sentencia materia de recurso referencias en relación al dolo”.

Así, la Corte acogió el recurso de nulidad, declaró nula la sentencia dictada por el Juzgado de Garantía de Antofagasta y del juicio oral que la precede.

Por último, ordenó que se realice un nuevo juicio oral simplificado ante juez no inhabilitado.

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