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Tribunal Supremo español declaró que un beso no consentido es una agresión sexual

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Tribunal Supremo español declaró que un beso no consentido es una agresión sexual
La Corte confirmó una condena impuesta a un agente policial que dio un beso a una detenida sin su consentimiento

Tribunal Supremo español declaró que un beso no consentido es una agresión sexual.

El Tribunal Supremo de España dictamino que los besos sin consentimiento expreso o tácito se considera un delito de agresión sexual.

La decisión fue establecida en una sentencia que confirma la condena de un año y nueve meses de prisión a un agente policial por besar sin consentimiento a una detenida.

La resolución del caso se hizo pública este martes y reitera que no es necesario que la víctima rechace explícitamente la acción.

Sino que es fundamental que haya dado su consentimiento. 

«Lo que hace falta es que consienta, que es la clave», afirmaron los magistrados.

Cabe señalar que el incidente ocurrió cuando el agente, que se encontraba en la zona de calabozos, besó a la mujer en la mejilla e intentó besarla en los labios, algo que la detenida no consintió.

El Tribunal Supremo sostiene que este acto constituye una «intromisión en la libertad sexual» de la víctima, destinada a «obtener una satisfacción sexual a costa de otro».

Esta sentencia incluye una circunstancia agravante de prevalimiento, dado que el agente aprovechó la situación de detención de la víctima, y una atenuante de embriaguez.

Lea también: Anuncian fecha para juicio contra Luis Rubiales.

BESOS NO CONSENTIDOS

El caso fue originalmente juzgado por la Audiencia Provincial de Sevilla y ahora se reafirma bajo la nueva ley de libertad sexual de 2022, conocida como la “ley del solo sí es sí”. 

Esta normativa elimina las distinciones previas entre abuso y agresión sexual, centrando el criterio en el consentimiento expreso.

Los jueces del Tribunal Supremo enfatizaron que: 

«No puede entenderse que exista un derecho de cualquier persona a acercarse a otra y darle un beso cuando la víctima no lo admite como prueba de cariño o afecto».

Señalan que los «besos robados» son un claro:

«Ataque a la libertad de la mujer de decidir con quién quiere besarse o quién acepta y admite que le dé un beso».

En este caso, se probó que el agente no sólo besó a la mujer, sino que también actuó de manera indebida al «mirarse directamente sus genitales y a resoplar para que la detenida se fijara en él». 

La mujer logró evitar el segundo beso girando la cara, lo que no impidió el primer acercamiento no consentido del agente.

Esta sentencia refuerza la importancia del consentimiento en las interacciones físicas y respalda la legislación que busca proteger la libertad sexual de las personas.

LUIS RUBIALES

En este contexto, cabe recordar lo ocurrido con el ex representante de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Luis Rubiales.

Quien será procesado por los delitos de agresión sexual cometidos contra Jenni Hermoso.

Esto, tras darle un beso no consentido durante la final del Mundial femenino, el pasado 20 de agosto.

Sin embargo, habrá que esperar hasta el próximo año para conocer cómo influirá la actual decisión del Tribunal Supremo en este caso.

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