Política

Justicia: Recursos de municipalidad de Santiago son inembargables

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Santiago inembargables
Foto: Agencia UNO
Los vendedores de la Clínica Sierra Bella buscaban que el municipio pague por el recinto que declinaron adquirir.

En el marco de la disputa judicial de la compraventa de la Clínica Sierra Bella, el 20° Juzgado Civil de la capital le dio la razón a la municipalidad de Santiago y declaró inembargables los recursos municipales.

El alcalde Desbordes valoró la decisión y, a través de un comunicado de prensa, dijo que “nuestra opinión era que no son embargables los bienes municipales, y por lo tanto, presentamos un recurso en el juzgado civil respectivo que fue acogida anoche; y, por lo tanto, se alzaron, se terminaron estos embargos. Hoy día no hay bienes embargados del municipio”.

“Vamos a seguir peleando en todas las instancias posibles porque este es un negocio en donde se producen varias figuras. Así que haré todo lo necesario para defender el patrimonio, el bolsillo y el dinero de los santiaguinos y santiaguinas”, agregó.

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INCIDENTE DE EXCLUSIÓN

El requerimiento para embargar los recursos del municipalidad de Santiago se origina en la compra por parte de la administración de la exalcaldesa Irací Hassler (PC) de la Clínica Sierra Bella por $8.200.

El procedimiento se detuvo cuando la Contraloría determinó que había un sobreprecio en el costo de la propiedad.

A través de la vía judicial la empresa dueña del recinto, la Inmobiliaria San Valentino SpA, logró que se inscribiera su adquisición por parte de la municipalidad, ahora liderada por Mario Desbordes, ante el Conservador de Bienes Raíces.

A continuación exigió el pago de $9.300 millones (el monto del negocio original más los intereses generados por la demora). Como el municipio se negó, la justicia decretó un embargo para saldar la deuda.

Los abogados de la casa edilicia presentaron un incidente de exclusión de embargo y este fue el que se acogió en el tribunal y evitó que se concretara el procedimiento.

El tribunal tomó en consideración el argumento de la municipalidad de Santiago de que la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades establece que “los bienes municipales destinados al funcionamiento de sus servicios y los dineros depositados a plazo o en cuenta corriente, serán inembargables”.

 

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