Política

Corte de San Miguel rechaza amparo de Ángela Vivanco

Cristian Navarro H.

Periodista

Vivanco sala
Foto: Creative Commons
Confirmó la prisión preventiva que cumple Ángela Vivanco en el marco del denominado caso “Muñeca Bielorrusa”, donde es investigada por cohecho y lavado de activos.

La Corte de Apelaciones de San Miguel volvió a negar un intento de la defensa de la exministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco, para revertir su prisión preventiva en el denominado caso “Muñeca Bielorrusa”. El tribunal rechazó en todas sus partes el recurso de amparo presentado por sus abogados, manteniendo la cautelar que pesa sobre la imputada por cohecho y lavado de activos.

La resolución se conoció este miércoles 11 de marzo, apenas días después de que Vivanco cumpliera 63 años mientras permanece privada de libertad.

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En un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal, integrada por la ministra María Soledad Espina, el ministro Juan Carlos Silva y la abogada integrante Paula Manzo,  concluyó que los tribunales competentes decretaron y confirmaron la prisión preventiva dentro de un procedimiento ajustado a derecho.

TRIBUNAL DESCARTA ILEGALIDAD EN LA CAUTELAR

El recurso buscaba impugnar la resolución de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que, en febrero, confirmó la medida cautelar decretada por el Séptimo Juzgado de Garantía tras la formalización de Vivanco.

Sin embargo, la Corte de San Miguel sostuvo que el amparo no puede utilizarse para revisar decisiones adoptadas por otro tribunal de alzada, debido a la estructura jerárquica del Poder Judicial. Según el fallo, el control entre tribunales debe ser vertical y no horizontal, por lo que la acción constitucional resultaba improcedente.

El tribunal también descartó que exista una vulneración a la libertad personal de la imputada y señaló que los tribunales competentes dictaron tanto la resolución que decretó la prisión preventiva como la que la confirmó dentro de un procedimiento legalmente tramitado.

DEFENSA CUESTIONABA FUNDAMENTOS Y ESTADO DE SALUD

En su presentación, la defensa argumentó que la medida cautelar carecía de una adecuada fundamentación y que no se habían considerado de forma suficiente el estado de salud de la imputada ni posibles medidas alternativas menos gravosas.

La corte, no obstante, concluyó que esos antecedentes sí fueron analizados por los tribunales que dictaron la cautelar, en el marco de los artículos 122, 140 y 143 del Código Procesal Penal. Además, precisó que la discrepancia de la defensa con el razonamiento judicial no transforma la decisión en ilegal.

DEBATE DE FONDO QUEDA FUERA DEL AMPARO

Otro de los argumentos de la defensa apuntaba a cuestionar la configuración del delito de cohecho y la congruencia entre la querella de capítulos y la formalización de la investigación.

Sin embargo, la Corte de San Miguel sostuvo que esas discusiones corresponden al fondo del proceso penal, por lo que exceden el ámbito del recurso de amparo.

PRÓXIMO PASO: CORTE SUPREMA

Con esta decisión, se mantiene la prisión preventiva de Ángela Vivanco mientras continúa la investigación del Ministerio Público por los delitos de cohecho y lavado de activos, presuntamente cometidos durante su ejercicio como ministra de la Corte Suprema.

La defensa aún puede intentar revertir la resolución recurriendo ante la Corte Suprema, última instancia judicial para revisar la acción constitucional.

 

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