Nacional y economía

Justicia flexibiliza visitas para 200 internos de Colina I

Cristian Navarro H.

Periodista

Justicia
Imagen referencial creada con herramientas digitales
Dos fallos permiten a 200 condenados del Pabellón Asistir inscribir a más de diez visitantes, aunque mantienen controles y cupos por jornada.

Dos resoluciones de la Corte de Apelaciones de Santiago permitirán que los 200 adultos mayores recluidos en el Pabellón Asistir de Colina I mantengan inscritas a más de diez personas en sus redes de apoyo. La decisión favorece a condenados por crímenes de lesa humanidad y abrió un debate sobre la aplicación del mismo criterio a otros internos en condiciones similares.

El último fallo, dictado el 16 de septiembre, acogió un recurso presentado en representación de 93 reclusos. La sentencia se suma a otra resolución de febrero que benefició a 107 internos del mismo pabellón, todos exintegrantes de las Fuerzas Armadas y de Orden.

La justicia dejó sin efecto para este grupo el límite general de diez personas enroladas establecido por Gendarmería. Sin embargo, mantuvo el máximo de cinco visitantes por jornada, además de los controles de identidad y seguridad para ingresar al recinto penitenciario.

Lea también Caso Grollmus: Líderes de RML reciben más de 80 años de cárcel

La Corte consideró que aplicar la restricción sin atender la edad y las condiciones físicas y psicológicas de los internos resultaba arbitrario. Los recurrentes tienen entre 65 y 92 años y, según el tribunal, el contacto con familiares y amistades contribuye a proteger su salud mental.

CONDENADOS POR EMBLEMÁTICOS CRÍMENES DE LA DICTADURA

Entre los beneficiados aparecen responsables de delitos vinculados con el Caso Quemados, los homicidios de Víctor Jara y Littré Quiroga, la Operación Calle Conferencia y la masacre de Laja-San Rosendo.

La nómina incluye a Pedro Fernández Dittus, Juan Renán Jara Quintana, Eduardo Oyarce Riquelme y Pedro Parra Utreras, entre otros condenados que cumplen sus penas en Colina I.

Gendarmería defendió la legalidad de la restricción y advirtió que una excepción basada en la edad o el estado de salud podría convertirse en un privilegio frente al resto de la población penal. La institución recordó que la normativa permite ampliar las nóminas únicamente ante circunstancias excepcionales debidamente calificadas.

ABOGADOS PIDEN APLICAR CRITERIOS GENERALES

Abogados de derechos humanos señalaron que las condiciones diferenciadas para adultos mayores o personas enfermas pueden resultar razonables, siempre que se apliquen de manera general. Magdalena Garcés y Francisco Bustos coincidieron en que el problema surgiría si el beneficio queda reservado exclusivamente para condenados por violaciones de los derechos humanos.

Bustos también recordó que muchos de estos internos mantienen una deuda con las familias de las víctimas, debido a que no han entregado información relevante sobre personas detenidas desaparecidas.

De acuerdo con BioBioChile, Gendarmería analiza el último fallo y evalúa los pasos que adoptará. La institución todavía puede recurrir contra la resolución ante la Corte Suprema.

 

Comparte en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email