Los funcionarios públicos contratados a honorarios no podrán renovar su contrato si están en el registro de deudores de pensiones de alimentos. El anuncio lo hizo el ministerio de la Mujer y la Equidad de Género, en concordancia con la nueva ley sobre el tema y un dictamen de la Contraloría General de la República.
De este modo, hombres y mujeres que «boletean» en servicios públicos «deberán autorizar a la institución respectiva para que retenga y pague directamente el monto de futuras pensiones o no podrán mantener vínculo laboral con el Estado».
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A raíz de una pregunta en una publicación de Instagram, la ministra Antonia Orellana recordó que «para quienes son planta y contrata ya está la opción de la retención por planilla, además de que la nueva ley incluye el no poder subir de grado. Faltaba esto respecto al paso a contrata de honorarios».
La ley, que entró en vigencia hace un año, contempla medidas progresivas para lograr el pago de las pensiones de alimentos adeudadas, como la imposibilidad de renovar licencia de conducir o pasaporte, retención de la devolución de impuestos e incluso el uso de fondos de pensiones para cancelar los montos impagos.
Según la estadística oficial, son cerca de 10 mil personas las que mensualmente se suman al registro de deudores, con una proporción de nueve hombres por cada una mujer.







