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Tribunal absolvió unánimemente a Sebastián Zamora por homicidio frustrado en Puente Pío Nono

Santiago Henríquez

La sentencia detallada se dará a conocer el jueves 25 de julio a las 11:00 horas.

Tribunal absolvió unánimemente a Sebastián Zamora por homicidio frustrado en Puente Pío Nono

El 4° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago absolvió por unanimidad al excarabinero Sebastián Zamora, imputado por el homicidio frustrado de un manifestante en el Puente Pío Nono el 2 de octubre de 2020.

En la resolución de los jueces Patricia Brundl, Claudia Morgado y Erick Aravena, se señaló que hubo «ambigüedad» en la acusación y «desorientación» del Ministerio Público en sus alegatos finales respecto al posible resultado fatal de la acción del imputado.

“No existe claridad en cuanto a cuáles serían las lesiones vitales que, de no haber mediado socorro oportuno, Anthony hubiera fallecido, lo que implica estar en presencia de un homicidio frustrado”, expuso Patricia Brundl en la lectura.

Fiscal Chong obtiene mismo resultado que caso contra Claudio Crespo

Este resultado es similar al obtenido por la persecutora Ximena Chong, jefa de Delitos de Alta Complejidad de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, en un juicio reciente contra Claudio Crespo, otro exuniformado acusado de apremios ilegítimos y otros delitos durante una manifestación en 2018.

“No habiéndose probado el hecho objeto de la imputación, este tribunal ha resuelto por unanimidad absolver a Sebastián Nicolás Zamora Soto de las acusaciones presentadas en su contra como autor de los delitos de homicidio frustrado y apremios ilegítimos”, leyó la jueza Brundl, generando aplausos en la sala.

La sentencia detallada se dará a conocer el jueves 25 de julio a las 11:00 horas.

El tribunal de primera instancia también consignó la “confusa” forma en que la víctima recordó lo ocurrido en su testimonio, mencionando un “empujón con forma de agarre”.

Tribunal cuestiono la redacción de la acusación

Además, cuestionó la redacción de la acusación y señaló que “ninguno de los intervinientes, particularmente el Ministerio Público, se detuvo en sus alegatos de cierre a reflexionar sobre las acciones que conforman la imputación». El tribunal absolvió a Zamora de realizar acciones concretas que provocaran que Anthony cayera al río. La dinámica de los hechos que pudieran originar un acto doloso, no pueden entenderse dentro de conceptos tan generales.

El veredicto indicó que no se puede condenar a alguien por homicidio frustrado debido a una interacción con la víctima, refiriéndose al concepto utilizado por la Brigada de Derechos Humanos de la PDI para definir el hecho investigado.

En la resolución, se insistió en que la Fiscalía Centro Norte utilizó conceptos “generales” que no abordan adecuadamente la acusación.

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