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Cencosud deberá pagar a cliente que se cayó en Santa Isabel

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Cencosud deberá pagar a cliente que se cayó en Santa Isabel
El demandante se cayó cuando ingresaba al supermercado ubicado en Santiago

Cencosud deberá pagar a cliente que se cayó en Santa Isabel.

El Noveno Juzgado Civil de Santiago condenó a Cencosud Retail S.A. 

Por lo que tendrá que indemnizar con una suma millonaria, a un cliente que sufrió una caída al ingresar a uno de sus locales en octubre de 2021, en Santiago.

En específico, se dictaminó que la empresa deberá pagar $13.530.270 al demandante. 

La decisión se basa en la omisión culpable de Cencosud.

Debido a no implementar las medidas de seguridad necesarias para proteger a sus clientes en el supermercado Santa Isabel, ubicado en calle Almirante Latorre.

FALLO

El fallo sostiene que «tratándose la demandada de una empresa de gran tamaño, que dispone de una serie de supermercados a nivel nacional, los que mantienen un flujo diario y frecuente de público.

Cabe esperar advierta a sus clientes de los riesgos que presenta el piso en mal estado de un local. 

A fin de evitar caídas, sobre todo si la zona dañada está adyacente a fierros de gran envergadura dispuestos en forma vertical, con los cuales las personas pueden golpearse.

Tal como ocurrió con el actor, de modo que se configura en la especie la existencia de una omisión culpable por parte de la demandada».

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RESOLUCIÓN

La resolución va más allá y establece un estándar claro para la conducta de las empresas.

«El deber de conducta de la empresa demandada debe construirse en base a la conducta que se espera que emplee ordinariamente una empresa promedio en la seguridad de los clientes que concurren a su local.

Al tenor de lo dispuesto por el artículo 44 del Código Civil.

De modo que resulta esperable que si existe un riesgo tome las prevenciones necesarias para evitar un accidente», dictó.

DEMANDA

El demandante se tropezó con una cerámica en mal estado, la cual aún estaría en el local comercial. 

Esto ocasionó que la víctima cayera directamente sobre un tubo de fierro instalado en el lugar, donde se guardan los carros.

El accidente le provocó una fractura en el esternón, que lo dejó sin respirar y semiconsciente por un tiempo indeterminado, con dolor en el pecho.

En el fallo también detallan que el demandante ingresó al establecimiento con las manos descubiertas, sin portar objetos pesados, caminando debidamente y con ropa adecuada. 

Por lo que no corría riesgo innecesario ni fue imprudente.

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