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Citan a declarar a presidente de España por el caso de su esposa Begoña Gómez

Editado de agencias y medios internacionales por Cristian Navarro H.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, presenta dos excepciones a la figura del testigo que podrían evitar su comparecencia ante el juez.

Citan a declarar a presidente de España por el caso de su esposa Begoña Gómez

El juez Juan Carlos Peinado, encargado del caso Begoña Gómez, ha citado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, para que declare como testigo el próximo 30 de julio. El magistrado se desplazará al Palacio de La Moncloa para llevar a cabo esta diligencia, según una providencia emitida este lunes.

Este evento será uno de los pocos casos en los que un presidente del Gobierno en activo declarará como testigo, siendo la última vez el caso de Mariano Rajoy en el juicio de la trama Gürtel.

En una segunda providencia, el juez titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid ha modificado la situación procesal del rector de la Universidad Complutense de Madrid, Joaquín Goyache, quien ahora pasa de testigo a investigado y está citado a declarar el 29 de julio, un día antes que el presidente Sánchez. Goyache se convierte así en el tercer imputado junto a Begoña Gómez y el empresario Juan Carlos Barrabés.

Investigación por posible tráfico de influencias

El juez Peinado subraya que, para investigar el posible tráfico de influencias relacionado con Begoña Gómez, «así como la posible relación de la persona investigada con una autoridad, se considera conveniente, útil y pertinente» tomar declaración al esposo de la investigada.

El magistrado ha decidido que la comparecencia tenga lugar en La Moncloa, en virtud del artículo 412.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), que permite a los miembros del Gobierno ser interrogados en su domicilio o sede oficial.

Apoyo de PSOE al Sánchez

El PSOE ha mostrado su apoyo a Pedro Sánchez tras la citación como testigo en el caso Begoña Gómez, afirmando que «PP y Vox no se van a salir con la suya».

Aunque el artículo 412.2 de la LECrim exime a ciertos cargos públicos de comparecer ante el juez, permitiéndoles informar por escrito sobre los hechos de los que tengan conocimiento por razón de su cargo, el juez Peinado se acoge a la excepción de que no está llamando a Sánchez a declarar sobre cuestiones relacionadas con su cargo. Esto permite al magistrado desplazarse a La Moncloa para interrogarle.

La acusación popular, ejercida por Vox, solicitó esta testifical el pasado viernes. El juez ha ordenado que se instalen los dispositivos necesarios para que la declaración de Pedro Sánchez sea grabada el día 29 de julio en La Moncloa.

Excepciones a la figura del testigo

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, presenta dos excepciones a la figura del testigo que podrían evitar su comparecencia ante el juez.

El artículo 416 de la LECrim establece que los parientes del procesado, incluyendo cónyuges, no están obligados a declarar en contra del procesado.

Además, el artículo 412.2 exime al presidente y otros miembros del Gobierno de concurrir a los llamamientos judiciales, permitiendo informar por escrito.

No obstante, Sánchez podría alegar que no está obligado a comparecer, aunque el juez se desplace a La Moncloa.

El juez Peinado ha dejado claro que no preguntará a Pedro Sánchez sobre asuntos de los que pueda tener conocimiento por razón de su cargo, sino sobre los posibles beneficios en contrataciones públicas que podría haber obtenido el empresario Juan Carlos Barrabés debido a su relación con Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno.

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