Nacional y economía

Corte de Apelaciones de Copiapó ordena medidas para garantizar condiciones mínimas en escuelas de Atacama

Cristian Navarro H.

En fallos unánimes, la Corte acogió acciones cautelares contra el SLEP al determinar que su actuar omisivo e ilegal en este ámbito constituye una amenaza para la integridad física y psíquica de los estudiantes

Corte de Apelaciones de Copiapó ordena medidas para garantizar condiciones mínimas en escuelas de Atacama

La Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Copiapó ha dictaminado que el Servicio Local de Educación Pública (SLEP) de Atacama debe adoptar medidas urgentes para garantizar un acceso igualitario, digno y seguro a la educación ante las graves deficiencias de infraestructura y salubridad que presentan las escuelas bajo su administración.

En fallos unánimes, la Corte acogió acciones cautelares contra el SLEP al determinar que su actuar omisivo e ilegal en este ámbito constituye una amenaza para la integridad física y psíquica de los estudiantes, vulnerando sus derechos fundamentales.

 Las deficiencias en las escuelas

Infraestructura: Deficiencias estructurales, falta de espacios adecuados para el aprendizaje, instalaciones eléctricas deficientes.
Habitabilidad: Espacios reducidos, falta de ventilación e iluminación adecuada.
Higiene: Deficiencias en la limpieza y mantención de baños, salas de clases y áreas comunes.
Salubridad: Presencia de plagas, insalubridad en los comedores, falta de agua potable.

Violaciones a los derechos fundamentales

Integridad física y psíquica: Las condiciones precarias en las escuelas ponen en riesgo la salud y seguridad de los estudiantes.
Igualdad ante la ley: Los estudiantes de Atacama se encuentran en condiciones desfavorables en comparación con otros estudiantes del país.

Alumnos en situación de desigualdad

Los ministros subrayaron que las deplorables condiciones de infraestructura, habitabilidad e higiene en los recintos escolares de Atacama colocan a sus alumnos en una situación de desigualdad frente a otros del país que cuentan con condiciones adecuadas.

Por ello, el SLEP tiene un plazo de 4 meses para adoptar medidas eficaces y concretas que solucionen estos graves problemas arrastrados por años. Deberá realizar un catastro detallado de los establecimientos afectados e implementar las acciones necesarias para subsanar las deficiencias en un máximo de 6 meses.

La Corte advierte que el fin de la paralización docente no resuelve por sí solo las falencias históricas que han sido descuidadas por las autoridades educativas regionales, por lo que urge un plan de acción inmediato.

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