Por decisión de la Corte Suprema, en libertad quedó el exdirector del Centro Oncológico de la Clínica Las Condes Manuel Álvarez. El 23 abril pasado fue declarado culpable de abuso sexual contra dos pacientes y en mayo fue sentenciado a siete años de cárcel.
El máximo tribunal acogió un recurso de amparo presentado por la defensa del médico.
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Esta ya había recurrido en primera instancia ante la Corte de Apelaciones de Santiago para que este revirtiera la decisión del Tercera Tribunal Oral en Lo Penal de Santiago, el que decretó la prisión preventiva mientras quedaba ejecutoriada su condena.
Le fue mal. Hasta ahora, que Álvarez podrá dejar la cárcel de Casablanca, donde estaba recluido.
¿PELIGRO PARA LA SOCIEDAD?
El fallo de la Corte Suprema establece que “el tribunal debe necesariamente oír tanto al solicitante como al defensor del imputado que se opone a la prisión preventiva». Además sostiene y que «no puede efectuarse sólo mirando los antecedentes y argumentos de hecho y derecho invocados por el peticionario».
Esto, porque «necesariamente, le imponen igualmente el deber de expresar las razones por las que los antecedentes y argumentos de la defensa no fueron válidos, útiles o suficientes para desvirtuar aquellos”.
Con ese razonamiento, el máximo tribunal consideró que “la resolución recurrida no contiene desarrollo argumentativo” en cuanto a que Álvarez sea un peligro para las víctimas, la sociedad o la investigación.
Agregó que “carece de la fundamentación esperada para una que dispone la medida cautelar más intensa que considera nuestro ordenamiento jurídico». Esto, porque se vulnera «el derecho a la libertad del amparado, por lo que la presente acción constitucional debe ser acogida”.
«DECISIÓN ARBITRARIA»
De este modo, la Corte Suprema revirtió la decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago y decretó la libertad de Manuel Álvarez. Solo mantuvo el arraigo nacional y la prohibición de acercarse a sus víctimas mientras se resuelve el recurso de nulidad.
Según el abogado César Ramos el tribunal puso «término a la ilegal privación de libertad de más de dos meses a la cual estuvo sometido nuestro representado, acogiendo nuestro recurso de amparo».
«Desde un comienzo cuestionamos la infundada, ilegal y arbitraria decisión del tribunal que lo condenó y lo dejó en prisión preventiva el pasado 23 de abril. Estamos satisfechos de que nuestros argumentos hayan sido considerados en este fallo de la Corte Suprema”, dijo en La Tercera.