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¿Por qué se rechazó la denuncia de La U contra Colo Colo?

Por Allan Santander

Periodista

Colo Colo U
Foto: Agencia UNO
Se dieron a conocer los detalles del fallo final del Tribunal de Disciplina de la ANFP, y se confirmó que hubo una acción de «rebeldía» por parte de Colo Colo ante la suspensión de Jorge Almirón.

Durante este viernes, se conocieron los detalles del Superclásico jurídico. Después de semanas de disputas, el martes 5 de noviembre se conoció que la Primera Sala del Tribunal de Disciplina de la ANFP falló a favor de Colo Colo y descartó la denuncia interpuesta por Universidad de Chile donde acusaban al técnico Jorge Almirón por «desacato» en partido ante Huachipato.

Con esta medida, que fue un fallo dividido por 4 – 2, el elenco albo aseguró los tres puntos obtenidos en el partido y sigue en la lucha por el Campeonato Nacional, que de ganar su partido ante Deportes Copiapó se consagrará como el gran vencedor de la temporada 2024.

«Se deja constancia que la sentencia fundada será notificada próximamente. Sin embargo, el Tribunal estima pertinente informar, por ahora, que la mayoría de los integrantes de la Sala consideraron que no existieron en la causa antecedentes probatorios, completos y contundentes, que ameritaran imponer las sanciones contempladas en la reglamentación para un eventual desacato», menciona el escrito publicado el martes pasado.

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Según explicó Simón Marín, secretario general de la entidad, el Tribunal «recibió las pruebas pertinentes dentro de los plazos establecidos y las analizó en detalles. Las pruebas que se acompañaron fueron las que llegaron hasta el día de ayer –antes de la resolución–. Hay muchos videos que andan circulando y también hubo declaraciones de testigos, de los árbitros, videos, etc.”.

Ahora bien, finalmente se supo quiénes votaron a favor del argumento del Cacique y del elenco laico: Franco Acchiardo y Jorge Isbej, estuvieron por acoger la denuncia de La U, mientras que Exequiel Segall, Santiago Hurtado, Alejandro Musa y Simón Marín, fallaron a favor de Colo Colo.

La denuncia por «desacato»

Durante la jornada de hoy, se pudo resolver una de las grandes preguntas: cuáles fueron los argumentos del Tribunal de Disciplina para rechazar la denuncia por «desacato».

La mayoría de la Primera Sala estimó que se el artículo 51 de las Bases del Campeonato Nacional de la Primera División, que impide la utilización de un elemento tecnológico o de comunicación en la banda de suplente, se debe atender de manera literal. En consecuencia, a su criterio el jefe de seguridad no incurrió en ninguna falta, aún cuando este portaba un walkie talkie.

El fallo final del Tribunal de Disciplina, sentenció que el conjunto laico «acompañó pruebas audiovisuales en las cuales es posible detectar a un miembro del club Colo Colo, su Jefe de Seguridad, portando y empleando un equipo de comunicación walkie talkie en un lugar contiguo a la Banca de Suplentes, sin mediar espacio físico entre su cuerpo y la estructura misma, incluso se puede apreciar su presencia durante algunos segundos de la grabación en el exterior de la esquina derecha de la banca, transgrediendo de esa forma el inciso final del artículo 51»

Entonces, ¿por qué se rechazó?

Para responder el por qué se rechazó, primero debemos saber que dice el artículo 51. Las Bases del Campeonato Nacional indican que «en el evento que el Director Técnico titular de un determinado club estuviese suspendido por sanción impuesta por el Tribunal de Disciplina, tal club no podrá tener, ni utilizar, en la banca de suplentes ningún elemento de comunicación, audio, video ni elementos computacionales, cualquiera sea su denominación. La infracción a esta disposición será considerada desacato y se aplicarán las sanciones contempladas para éste”.

Sin embargo, esta prohibición restringe «únicamente a la Banca de Suplente propiamente tal y no, por extensión, a zonas contiguas a ella, que es el lugar en que, precisamente, se encontraba el Jefe de Seguridad del club Colo Colo, portando un elemento de comunicación».

Por esta razón, «los integrantes de este Tribunal estima que al no estar el Jefe de Seguridad ubicado en la Banca de Suplentes no se incurre en la causal prohibitiva del artículo 51», detalla el fallo final del Tribunal.

El llamado de atención a Almirón

Pese al rechazo por desacato, el Tribunal de Disciplina lanzó una advertencia al entrenador albo, Jorge Almirón.

El fallo final, también menciona que en «forma previa al conocimiento de los hechos que motivan la presente causa existía una legítima  predisposición de exigir un mínimo de diligencia y cuidado al club Colo Colo, para evitar caer en una sanción por desacato, bastando con asegurar la no presencia de elementos prohibidos por la norma en su Banca de Suplentes».

Pero, ¿qué significa todo esto? Que a pesar que el Tribunal vio una acción de contumacia por incumplir lo ordenado –de no tener contacto con el banco–, no se pudo comprobar que el Jefe de Seguridad, quien porta el elemento de comunicación, se encontraba en la zona de suplentes.

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