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Experto opina sobre conflicto entre FlowGPT y Bad Bunny: Un tema «discutible», pero «no veo vulneración»

Antonia Mundaca

Experto opina sobre conflicto entre FlowGPT y Bad Bunny: Un tema "discutible", pero "no veo vulneración"
Está Pasando se comunicó con Boris Fiegelist, abogado experto en resolución alternativa de conflictos, Negociación y Derecho Económico, para resolver las inevitables dudas que se generaron tras la polémica entre FlowGPT y BadBunny ¿Es posible que convivan músicos/artistas con sus voces imitadas por una Inteligencia Artificial? «Yo creo que sí, pero esto insisto, es un tema que requiere ser regulado», responde.

Si esta semana escuchaste un nuevo tema de Bad Bunny con Justin Bieber y Daddy Yankee, desde Está Pasando te informamos que las voces de la canción no son esos artistas sino una Inteligencia Artificial (IA), llamada FlowGPT. 

Mauricio Bustos, alias Mauryceo por su nombre artístico, es un joven músico chileno que a través de una Inteligencia Artificial creada por él, replica la voces de los más famosos artista. Su última canción NostalgIA, fue una sensación total que en pocas horas se viralizó en TikTok encantando a sus fans y enfureciendo a nadie menos que Bad Bunny. 

“Si a ustedes les gusta esa mierda (sic) de canción que está viral en TikTok ‘salgansen’ de este grupo ahora mismo”, escribió el puertorriqueño en su canal de difusión de Whatsapp. Frente a ello, Mauriceo afirmó en entrevista con La Cuarta: “No estoy en el plan de atacar a nadie, Flow GPT es un artista que está fuera de los egos, es un robot”. 

Al tiempo después, y luego de que su canción fuera sacada de plataformas como Apple Music reemplazó la voz de Bad Bunny con Maluma y listo; Flow GPT hizo otro tema. 

 BAD BUNNY VS FLOWGPT ¿QUIÉN TIENE LA RAZÓN?

Frente a la polémica generada , es inevitable cuestionarse por los límites de la Inteligencia Artificial en términos de derecho de imagen y autor. Al mismo tiempo, la pregunta de si músicos que se apoyan de la IA como Mauriceo vienen o no para quedarse. 

Con esas dudas presentes, Está Pasando se comunicó con Boris Fiegelist, director de Derecho Universidad Andrés Bello sede Concepción, experto en resolución alternativa de conflictos, Negociación y Derecho Económico. 

 A raíz del conflicto de Bad Bunny y Flow GPT, ¿Se ve afectado el derecho de imagen o el derecho de autor del artista puertorriqueño? O, teniendo en consideración que la legislación o acuerdos respecto al tema aún no se exploran, ¿hay afectación alguna?

En el caso de Chile, el derecho a la imagen no está regulado de forma expresa como sí por ejemplo puede ocurrir en el caso de la legislación española que puede ser un derecho fundamental autónomo. Aquí bueno, se puede derivar al derecho a la vida y la intimidad privada, y así también lo han interpretado algunos tribunales. 

Ahora, en el caso concreto, entiendo que este señor que crea estas canciones utilizando la herramienta de Inteligencia Artificial y crea canciones en la que se imita la voz de artistas, habría que ver si el timbre o tono de voz de una persona constituye o no a su imagen. Si llegamos a esa conclusión, podría haber una afectación. De lo contrario me parece que no, porque si es una mera imitación, lo veo más complejo, que haya una vulneración al artista. 

¿Es la voz de una inteligencia artificial, que imita el timbre de un artista, realmente la voz del artista? ¿Se puede hacer la separación IA/ Artista si suena “igual”?

Aquí se imita. Lo que hace la herramienta de Inteligencia Artificial es crear justamente una voz similar a la del artista, por lo que técnicamente no es la voz del artista lo que escuchamos. Ahora bien, si en ese caso el producto se vende no haciendo alusión al artista, es decir, si en ningún momento se dice ‘este es el artista’, me parece a mí que no habría una vulneración de la imagen del músico. Lo mismo si el producto se presenta como hecho por una IA.

Lo que hay que entender acá es que estas canciones, o estos documentos son obras hechas por herramientas de Inteligencia Artificial. Caso contrario sería si yo atribuyera que la canción es, en este caso, de Bad Bunny. Ahí habría una vulneración a la imagen del autor. 

Pero si aclaro que está hecho con esta herramienta de Inteligencia Artificial en principio, si bien reconozco que puede ser un tema discutible, no veo vulneración.

En entrevista con La Cuarta, la persona detrás de Flow GPT, señaló que tiene  “las canciones registradas en propiedad intelectual”, ¿Cómo o por qué es posible eso? Es decir, cómo es factible que se establezca como propia una canción cuyas voces protagonistas son una Inteligencia Artificial?

La propiedad intelectual existe sobre una canción, sobre una obra, por el mero hecho de su creación. El registro de estas obras es básicamente, para efectos de publicidad de la creación. 

Aquí lo que podría ser discutible es si efectivamente la obra fue creada o no por la persona que inventó y utilizó la herramienta de IA. Yo creo que en todo caso aquí, la persona que creó la herramienta para esta obra sí podría tener un derecho de propiedad intelectual sobre la misma, en la medida que es la persona la que alimenta la herramienta de Inteligencia Artificial para cree que una determinada canción. 

Distinto es el tema si la obra plagia a otra previamente registrada. 

En general, si este uso de Inteligencia Artificial para producir canciones con las voces de artistas famosos (activos o no) continúa y se expande: ¿Cuáles son las complicaciones éticas que podrían haber? Y en general, ¿qué complicaciones pueden haber?

Yo creo que de todas maneras es un tema. Es un tema que eventualmente merece también de alguna manera ser regulado. Particularmente creo que puede ser complejo si se utiliza esta herramienta para indicar ‘esta es una canción hecha por Roger Waters’ o por otra artista; y realmente esa voz no corresponde a la de ese artista, Yo creo que ahí hay un problema serio. 

Ahora, si la imitación pasa simplemente por el tono o timbre de voz de la persona, creo que el tema puede ser más discutible en la medida que eso se clarifique, que esa voz ha sido creada con una herramienta.

Donde podría ser problemático es en la medida que yo recurriendo a crear una voz idéntica a la de un artista famoso, yo podría tratar de esta manera inducir a engaño y aprovechar el prestigio la fama de un artista para mi beneficio, atribuyéndome maliciosamente las cualidades de dicho artista. 

Pero en principio si simplemente esto es una imitación y se deja claro que esta voz fue creada por esta herramienta, creo que en el estado actual de las cosas, tengo mis dudas que pueda haber. 

Lo que recalco es que esto es un tema que no está regulado y que debiese regularse. 

En consideración con los acuerdos que terminaron con la huelga de actores y guionistas en Hollywood, ¿puede generarse algo similar en el caso de los cantantes? Es decir, una especie de acuerdo en el que las voces de los cantantes se puedan usar, siempre y cuando se les pague?

El tema está justamente también cuando se recrea, algo que pasó en algunas películas, la participación de un determinado artista de cine ya fallecido digamos, porque ahí derechamente se está utilizando la imagen del artista. Aquí no se quiere decir mira, esto es una creación de una Inteligencia Artificial, sino que es el artista, el actor. 

Ahí creo yo que es un tema distinto al que estamos viendo acá. Porque se presenta como una imitación y ahí me parece que es más discutible. 

 Entonces, ¿Es posible regular el uso de inteligencia artificial en la música? Sobre todo en lo que respecta al uso de voces de artistas (activos o no).

Ciertamente yo creo que es posible regular y eso habrá que verlo. Yo creo que este es un tema emergente que no está en la legislación chilena, desde el punto de vista del derecho de autor, a una regulación clara. 

Yo creo que merece sí ser regulado también porque particularmente creo que esto puede también ser dañino para los artistas de carne y hueso cuando el uso de esta Inteligencia Artificial pretenda atribuirse digamos, o inducir engaño al público, en el sentido de decir que la obra fue parte o tuvo parte del artista cuya voz se está utilizando. Ahí, en ese aspecto yo creo que merece que se avance en una regulación de este tipo porque efectivamente se podría estar de alguna forma aprovechando la imagen de ese cantante para este efecto. 

Bajo su perspectiva, ¿pueden convivir músicos/artistas y sus voces usadas con Inteligencia Artificial?

Yo creo que sí, pero esto insisto, es un tema que requiere ser regulado. Ciertamente el tema de la Inteligencia Artificial es bastante emergente y no tiene una clara regulación, pero también hay que tomar en cuenta que es válido también que yo pueda crear música o una obra utilizando esta herramienta. Ahí, en ese caso, la autoría la tendría quien utilice o programe esta IA para que genere dicha obra. 

Ahora, si eso implica que sea igual o similar a una u otra obra de otro autor previo, ahí eventualmente se puede generar un problema de plagio. 

Claramente acá hay un vacío legal, este es un tema que no está regulado y merece que se aborde para evitar justamente el abuso de esta herramienta. 

La Inteligencia Artificial es una herramienta tremendamente valiosa, pero también creo que debiera regularse para evitar justamente un uso abusivo que lesione a la legítima imagen y el derecho de autor de terceros.

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