Nacional y economía

Hasta dónde llega la culpa de un criminal, ¿a su familia?

Cristian Navarro H, Periodista

¿Por qué los familiares de responsables de crímenes de lesa humanidad son apuntados con el dedo como si hubieran participado de dichos crímenes?

El pasado 19 de febrero el abogado y exdiputado Hugo Gutiérrez publicó en la red social X lo siguiente:.

 


En la redacción de Está Pasando se inició un debate sobre si era justo o injusto que se extrapolara la culpabilidad individual a los familiares o sus cercanos.

Durante varios minutos se debatió sobre el tema y luego se cerró desde un punto de vista objetivo con la frase “finalmente el familiar no es culpable de nada”.

Desde el punto de vista legal esta conclusión es la correcta.

El Artículo 26 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, aprobado en diciembre de 1966 en las Naciones Unidas dice que:

“Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las personas protección igual y efectiva contra cualquier discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición social”

Y el artículo 2 de la Convención sobre los Derechos del Niño, aprobado en noviembre de 1989 indica que:

“Los Estados Partes tomarán todas las medidas apropiadas para garantizar que el niño se vea protegido contra toda forma de discriminación o castigo por causa de la condición, las actividades, las opiniones expresadas o las creencias de sus padres, o sus tutores o de sus familiares”.

Desde el Ministerio de Justicia y DD.HH recordaron que nuestro páis es un Estado de Derecho, por lo cual, la ley se aplica en forma individual, de igual forma respondieron desde el Instituto de Derechos Humanos.

La inculpación

Lo que el abogado Hugo Gutiérrez hizo al publicar en la red social  X, según Gustavo Beadera, Doctor en derecho, de la Universidad de Buenos Aires, es una inculpación.

«La inculpación es una expresión de desaprobación de la comunidad. Esta función expresiva de la inculpación actúa en términos simbólicos, intentando capturar o hacer justicia al considerar la conducta del ofensor, quien responde como un miembro de la comunidad, que violó los términos básicos de la relación».

Beadera explica en su trabajo Emociones reactivas, inculpación y castigo. ¿También en el derecho penal internacional? que al ser víctimas de un delito o una agresión, un torrente de emociones nos invade. Indignación, resentimiento, ira, una mezcla de sentimientos que buscamos controlar, no siempre con éxito.

El filósofo Peter Strawson, en sus investigaciones, clasificó estas emociones como «reactivas», proporcionando una herramienta para comprender nuestras reacciones y la compleja idea de la inculpación.

Emociones reactivas

Sufrir un delito o una agresión desencadena una avalancha de emociones. Sentimientos como la indignación ante la injusticia, el resentimiento hacia el agresor y la ira por el daño recibido son solo algunos ejemplos. Strawson identifica estas emociones como «reactivas», ya que surgen como respuesta a una acción externa que nos afecta de forma negativa.

Las emociones reactivas no son solo reacciones impulsivas. Strawson las describe como actitudes que adoptamos frente a las acciones de otros. La indignación, por ejemplo, no solo es un sentimiento de disgusto, sino que implica una valoración moral del acto como algo incorrecto y una disposición a responsabilizar al culpable.

Las emociones reactivas juegan un papel fundamental en la inculpación. Sentir indignación o resentimiento nos lleva a considerar al agresor como responsable de su acto y a buscar que sea castigado. La propuesta de Strawson nos ayuda a comprender cómo estas emociones forman parte de un proceso natural de búsqueda de justicia y reparación del daño.

Pero, como se explicó anteriomente, no se le puede extrapolar el delito realizado por una persona a otra.

Los Familiares

Está Pasando se puso en contacto con la agrupación Somos Historias Desobedientes-Chile, hijas, hijos y familiares de genocidas por la memoria, la verdad y la justicia, para saber su punto de vista al respecto y esto fue lo que nos comentaron

 

Foto Somos Historias Desobedientes-Chile,
¿Que visión tienen como agrupación sobre la persecución a familiares de violadores de DD.HH?.

Somos Historias Desobedientes-Chile, hijas, hijos y familiares de genocidas por la memoria, la verdad y la justicia, y repudiamos los actos cometidos por nuestros consanguíneos.

Si bien el concepto mismo de filiación en nuestra cultura, desde ciertos relatos míticos hasta la Biblia, supone que los hijos y familiares tienden a reproducir los rasgos morales de sus ascendientes, y si bien en muchos casos ocurre así, como colectivo afirmamos que la culpa no se hereda, y que cada cual es libre de elegir su propio camino, lo cual incluye la posibilidad de asumir una posición contraria a la de los propios padres.

Desde el punto de vista jurídico, está claro que se debe determinar la responsabilidad en los hechos delictuales para sancionar al sujeto de tales hechos, pero ello no involucra a familiares ni descendientes, a menos que estén implicados en el delito que se investiga.

En ese marco, la cuestión que sin embargo puede plantearse es la de la complicidad, no solo de los descendientes de victimarios, sino también de tal o cual sector político. Es un tema sobre el cual nos parece importante reflexionar en el Chile de hoy, tanto en los medios de comunicación como en el ámbito educativo, distinguiendo las culpas y responsabilidades penales que son personales, de las sociales, que nos involucran, de manera activa o por omisión, como parte de una colectividad.

En este sentido, nos parece lógico que se condene, ética o jurídicamente, a los hijos, hijas y descendientes que niegan o reivindican públicamente los crímenes cometidos por sus familiares. Pero consideramos injusto arremeter contra aquellos que repudian esos crímenes independientemente del vínculo afectivo que puedan tener con el victimario.

¿Se pude endosar responsabilidades a los familiares por los actos cometidos por una persona?

Las violaciones a los Derechos Humanos no son cometidas por una sola persona, sino que son actos sistemáticos producto de una política de Estado que, en el caso de Chile, fue impuesta por la dictadura cívico-militar.

Teniendo eso presente, nos parece que no se puede ni se debe responsabilizar a los descendientes de criminales de lesa humanidad por lo que sus familiares hicieron.

Pero sí es importante conocer cuál es su postura frente a esos actos, sobre todo en el caso de los descendientes que asumen algún cargo en un organismo del Estado. Si se oponen a la ideología que llevó a sus familiares a cometer esos crímenes, son desobedientes. Por el contrario, si la avalan, son claramente cómplices éticos.

¿No va en contra de los DD.HH de los familiares que son perseguidos por delitos que no cometieron?.

Los Derechos Humanos fueron establecidos para proteger a los civiles de las acciones de los Estados. No se trata de asuntos entre civiles, sino entre organismos estatales contra civiles. Por ello, esta categoría no procede.

Sin embargo, desde el punto de vista ético, efectivamente es injusto condenar a alguien por un crimen que no cometió, a menos que esa persona lo reivindique o incurra en el negacionismo.

¿Qué medidas se deben tomar para evitar que estas situaciones ocurran?

En primer lugar, para evitar situaciones de este tipo nos parece necesario que las instituciones educativas y los medios de comunicación se responsabilicen en la difusión y la formación en materia de Derechos Humanos.

Esa es la única manera de conducir a las personas a asumir una postura clara frente a los hechos de la historia reciente. Ello implica no solo a los descendientes de victimarios, sino a los ciudadanos en su conjunto.

En segundo lugar, nuestra propia experiencia nos ha llevado a considerar el valor de la palabra: cuando se es hijo o familiar de un responsable de violaciones a los Derechos Humanos, es importante expresarse al respecto y condenar esos actos para evitar cualquier ambigüedad, sobre todo si se tiene una cierta visibilidad mediática o se asume un cargo público.

En ese marco, el silencio nos hace cómplices mientras que la palabra nos libera. Por otra parte, la recepción que, de modo general, hemos tenido como colectivo por parte de muchas víctimas y militantes por los Derechos Humanos nos hace pensar que actualmente en Chile existen las condiciones para que esa palabra sea escuchada.

Más aún, el repudio de los crímenes de lesa humanidad tiende a adquirir una gran fuerza en boca de los y las desobedientes, ya que supone una implosión en el sistema criminal en la medida en que se lo ataca “desde adentro”.

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