Nacional y economía

Corte Suprema sanciona por colusión a empresas que combaten incendios forestales

Santiago, Chile.

Mario López M.

Paine en Alerta Roja por incendio forestal.
Cada empresa deberá pagar una multa a beneficio fiscal que asciende a más de $ 1.440 millones.

De acuerdo al fallo de la Corte Suprema, las empresas Faasa Chile Servicios Aéreos y Martínez Ridao ejecutaron un acuerdo para «impedir, restringir o entorpecer la competencia en el mercado de combate y extinción de incendios forestales mediante aviones cisterna».

El máximo tribunal, confirmó así la decisión del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) de sancionar a las empresas Faasa Chile Servicios Aéreos y Martínez Ridao por colusión en el combate de incendios forestales durante siete años.

De acuerdo al fallo, las citadas empresas «ejecutaron un acuerdo para impedir, restringir o entorpecer la competencia en el mercado de combate y extinción de incendios forestales mediante aviones cisterna en el territorio nacional durante las temporadas comprendidas entre los años 2009 y 2015».

La sentencia rechazó así, el recurso de reclamación de Faasa y acogió el formulado por Martínez Ridao únicamente respecto de rebajar la multa impuesta por el TDLC en su sentencia. De esta manera, cada una de las compañías deberá pagar una multa a beneficio fiscal que asciende a 1.900 Unidades Tributarias Anuales (UTA), equivalentes a más de $ 1.440 millones.

La Suprema ratificó asimismo, la orden de implementar un programa de cumplimiento y ética en materia de libre competencia que satisfaga al menos los requisitos establecidos en la “Guía de Programas de Cumplimiento de la Normativa de Libre Competencia” de la Fiscalía Nacional Económica (FNE).

El requerimiento fue presentado por parte de la FNE contra ambas empresas en julio del 2018, en el que se sostuvo que éstas acordaron actuar conjuntamente en el mercado chileno, determinando condiciones de comercialización, precios y la participación de oferentes en procesos de contratación públicos y privados para asignarse contratos en el período referido.

Entre los afectados por la colusión se cuentan instituciones del Estado, como la Corporación Nacional Forestal (Conaf) y la entonces Oficina Nacional de Emergencia del Ministerio del Interior (Onemi), actual Servicio Nacional de Prevención y Respuesta ante Desastres (Senapred), así como algunas empresas forestales privadas, según consta del expediente.

La Corte Suprema justificó una multa de igual magnitud para ambas empresas tras estimar que “ambas colaboraron en la misma medida a la materialización de hechos que tuvieron incidencia en un mercado tan sensible para el país como la extinción de incendios forestales, por la potencial afectación a la vida y la propiedad de las personas, y que representan la más grave violación a los principios que rigen la libre competencia, más aun teniendo presente que se trató de aquellas entidades con la más alta participación en el mercado, quienes mantuvieron una conducta que se concretó por un extenso período de tiempo (años 2009 a 2015)”.

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