El Grupo de Trabajo de Naciones Unidas sobre la Detención Arbitraria (GTDA) concluyó que las autoridades peruanas arrestaron de manera “arbitraria” al expresidente Pedro Castillo tras su fallido intento de disolver el Congreso, ocurrido el 7 de diciembre de 2022.
En un dictamen fechado el 4 de junio y difundido por medios peruanos el jueves 9 de julio, los expertos sostuvieron que la captura careció de una base legal suficiente y vulneró garantías fundamentales del exmandatario.
Por esta razón, el organismo recomendó que Perú libere inmediatamente a Castillo, le conceda una indemnización y adopte otras medidas de reparación conforme al derecho internacional.
¿POR QUÉ PEDRO CASTILLO PERMANECE EN PRISIÓN?
Pedro Castillo, profesor rural y dirigente sindical, llegó a la Presidencia de Perú en 2021 como representante del partido Perú Libre.
Su administración enfrentó denuncias de corrupción, constantes cambios de gabinete y una prolongada confrontación con el Congreso. En medio de esa crisis política, el entonces mandatario anunció el 7 de diciembre de 2022 la disolución temporal del Parlamento, la instauración de un gobierno de excepción y la reorganización del sistema judicial.
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Las Fuerzas Armadas y la Policía rechazaron la decisión. El Congreso destituyó a Castillo y las autoridades lo detuvieron mientras se dirigía hacia la Embajada de México, donde presuntamente buscaba asilo.
En noviembre de 2025, un tribunal lo condenó en primera instancia a 11 años y seis meses de cárcel por conspiración para la rebelión. Su defensa apeló la sentencia y argumentó que el delito no llegó a ejecutarse debido a que ninguna fuerza militar se levantó en armas.
Desde su captura, Castillo permanece recluido en el penal de Barbadillo, establecimiento donde también han cumplido prisión otros expresidentes peruanos.
LA ONU CUESTIONA LA LEGALIDAD DEL ARRESTO
El Grupo de Trabajo de la ONU sostuvo que la detención contradijo el artículo 9 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, además de los artículos 3 y 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos.
Uno de los principales cuestionamientos apunta al momento en que se produjo la captura. Según los expertos, Castillo todavía ejercía formalmente como presidente y contaba con la protección del antejuicio político.
El Congreso completó el procedimiento para retirarle esa protección cinco días después de su arresto. Por lo tanto, el GTDA consideró que las autoridades lo detuvieron antes de cumplir los requisitos establecidos por la legislación peruana.
El organismo también objetó la intervención del Ministerio Público. A juicio del grupo, esa institución no constituye una autoridad judicial independiente facultada para ordenar por sí sola la privación de libertad de un presidente en ejercicio.
FALTA DE ACCESO INMEDIATO A UN ABOGADO
El informe también detectó vulneraciones al derecho de defensa. Los expertos señalaron que Castillo no accedió inmediatamente a un abogado de su confianza después del arresto.
En las primeras diligencias, un defensor público asumió su representación sin que el exmandatario entregara su consentimiento. El documento agrega que sus abogados no dispusieron del tiempo ni de los medios necesarios para preparar adecuadamente la defensa.
El GTDA concluyó que estas irregularidades afectaron gravemente el derecho de Castillo a un proceso justo.
“Teniendo en cuenta todas las circunstancias del caso, el remedio adecuado sería poner al señor Castillo inmediatamente en libertad”, indicó el organismo.
Los especialistas también solicitaron al Estado peruano que realice una investigación exhaustiva e independiente sobre las circunstancias de la detención y que determine las eventuales responsabilidades de quienes participaron en la vulneración de sus derechos.
DICTAMEN NO OBLIGA A LA JUSTICIA PERUANA
La opinión del Grupo de Trabajo no tiene carácter vinculante. Por esa razón, el pronunciamiento no obliga automáticamente a los tribunales peruanos a liberar al exmandatario ni anula la sentencia dictada en su contra.
Sin embargo, la resolución puede convertirse en un antecedente relevante para los recursos presentados por la defensa y para el debate político sobre la legalidad de la captura y el proceso judicial.
Los seguidores de Castillo sostienen que su encarcelamiento responde a una persecución política, mientras que sus detractores afirman que el expresidente intentó quebrar el orden constitucional al disponer el cierre del Congreso.
DEFENSA INSISTE EN OBTENER UNA GRACIA PRESIDENCIAL
El equipo jurídico del exmandatario ha presentado siete solicitudes de indulto o gracia presidencial. Las autoridades rechazaron las anteriores debido a que la condena todavía no se encuentra firme y permanece bajo revisión de tribunales superiores.
La defensa presentó una nueva petición el 25 de junio. El Ministerio de Justicia informó que la Comisión de Gracias Presidenciales se encuentra analizando los antecedentes.
La solicitud busca que el Ejecutivo aplique una atribución contemplada en la Constitución peruana para determinados casos de personas procesadas o condenadas sin sentencia firme.
Aunque el pronunciamiento de Naciones Unidas no ordena directamente la excarcelación, refuerza los argumentos de la defensa y aumenta la presión sobre las instituciones peruanas para que revisen las condiciones en que Pedro Castillo fue detenido y procesado.
El informe del Grupo de Trabajo de la #ONU indica que el presidente #PedroCastillo se encuentra detenido arbitrariamente. No hubo flagrancia, la vacancia promivida por el #Fujimorismo y aliados, no contó con 104 votos. #Balcázar debe darle inmediatamente la gracia presidencial. pic.twitter.com/bPuhu2zUqx
— Jaime Quito (@JaimeQuito6) 10 de julio de 2026







