Nacional y economía

Ministro de Justicia: No se puede considerar sólo la edad para dejar en libertad a un reo, sino también el delito condenado

Agencias

«De 265 personas mayores de 75 años en Chile, 153 son personas condenadas por violación a derechos humanos», puntualizó el secretario de Estado.

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Luis Cordero, recalcó que la discusión por dejar en libertad a aquellos reos mayores de 75 años «es algo más compleja» que simplemente la edad, ya que, desde el punto de vista legal, se tiene que considerar el «tipo de delitos que esas personas han sido condenadas».

El secretario de Estado se refirió así respecto de la enmienda ingresada por la bancada del Partido Republicano del Consejo Constitucional para que personas de 75 años o que padezcan enfermedades terminales cumplan condenas en sus casas, lo que podría beneficiar, en su mayoría, a aquellos condenados por causas de derechos humanos.

«De 265 personas mayores de 75 años en Chile, 153 son personas condenadas por violación a derechos humanos», puntualizó el secretario de Estado en Cooperativa. «El efecto es muy evidente, yo creo que los números hablan por sí mismos», añadió.

Cordero explicó que la legislación chilena «tiene reglas específicas en el caso de las personas que están en enajenación mental para aquellas hipótesis de permitir la suspensión del cumplimiento de sus condenas», por lo que la discusión, «desde el punto de vista legal, no es simplemente por los mayores de 75 años, sino que también tiene que ver en consideración al tipo de delitos que esas personas han sido condenadas».

«Por eso para obtener beneficios penitenciarios, en el caso de delitos de lesa humanidad, están mucho más estrictos. En el caso de los indultos, tanto la administración Bachelet como esta administración, entiende que aplicando el derecho internacional de los derechos humanos, esos delitos son inindultables», especificó.

«Me parece, por lo tanto, que la discusión es algo más compleja de la que simplemente supone poner una edad para efectos de la suspensión de las condenas», acotó.

El ministro citó las reflexiones de José Zalaquett (abogado de destacada participación en la defensa de los DDHH durante la dictadura) en cuanto a tener presente la trascendencia del tipo de delito, la posición de las víctimas y «la importancia de qué información todavía es útil obtener a partir de los testimonios de las personas que están hoy día condenadas por violación a derechos humanos… Si hubieran colaborado».

Comparte en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp
Email

Comenta este artículo

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

cinco × uno =