Política

Consejo Constitucional aprobó con lo justo eximir de contribuciones a la primera vivienda

Agencias

Se pensaba que esta iniciativa podía ser rechazada pero finalmente la derecha se alineó y sólo tres de sus miembros se abstuvieron.

En medio de la votación del Capítulo II sobre «Derechos y libertades fundamentales, garantías y deberes constitucionales», hoy el pleno del Consejo Constitucional aprobó algunos de los artículos más controvertidos. En la mañana fueron la libertad de elección en salud y el derecho preferente de los padres a elegir la educación de sus hijos, además de la libertad de elección en pensiones. Durante la tarde fue el artículo que permite la exención del pago de contribuciones para vivienda principal.

Se pensaba que esta última iniciativa, impulsada por el Partido Republicano, podía ser rechazada pero finalmente la derecha se alineó y sólo tres de sus miembros se abstuvieron (Gloria Hutt, Evopoli; Lorena Gallardo, RN; y Edmundo Eluchans, UDI), con lo que logró 30 votos a favor, 17 en contra de la bancada oficialista y las 3 abstenciones.

Uno de los apoyos claves era el de Germán Becker (RN), que si la rechazaba o se abstenía podía tumbarla, pero terminó aprobándola.

DESFINANCIAMIENTO

La propuesta era resistida tanto en el oficialismo como en sectores de la oposición, ya que agrupaciones de alcaldes advirtieron del riesgo de «desfinanciamiento» que su aprobación podría suponer para los municipios.

En las semanas previas a la votación, diversos describieron los efectos negativos de tal eliminación: por ejemplo, un estudio de la U. Católica del Norte estimó que reducirá los presupuestos de todos los municipios del país en 64%.

Durante el debate, el vicepresidente de la Comisión Experta, Sebastián Soto (Evópoli), aseveró que «no hay nada más ajeno a un texto constitucional que una norma tributaria. Siempre he sido muy crítico de cierta izquierda que desprecia la evidencia, pero creo también, con la misma fuerza, que no es bueno que cometamos ese mismo pecado desde la otra vereda».

«Se dice que en virtud de esta norma, el texto tiene más probabilidades de ser aprobado; eso es un error. La Convención, que tanto hemos criticado, también pensó que el plebiscito del 4 de septiembre podía ganarse incorporando este tipo de normas. Nadie tiene una varita mágica, nadie sabe cuál es la fórmula del triunfo, pero al menos si me equivoco, prefiero equivocarme con un texto de consenso, y no con un texto partisano», sentenció el comisionado.

VIVIENDA ADECUADA

La enmienda dice que «el inmueble destinado a la vivienda principal del propietario y de su familia estará exento de toda contribución e impuesto territorial. La ley determinará la forma de hacer efectivo este derecho».

Junto con esto, se aprobó por la unanimidad de los consejeros el «derecho a la vivienda adecuada», así como los numerales a) y b). El primero sostiene que «el Estado promoverá, a través de instituciones estatales y privadas, acciones tendientes a la satisfacción progresiva de este derecho, con preferencia de acceso a la vivienda propia, de conformidad a la ley».

El segundo punto establece que «el Estado adoptará medidas orientadas a generar un acceso equitativo a servicios básicos, bienes y espacios públicos, una movilidad segura y sustentable, conectividad y seguridad vial».

PENSIONES

El inciso 27 sobre el derecho a la seguridad social también había marcado las diferencias entre oficialismo y oposición respecto a la libertad de elección en materia de pensiones.

Por unanimidad se aprobó primero el literal a que detalla que «el Estado garantiza el acceso a prestaciones básicas y uniformes, establecidas por la ley, sea que se otorguen a través de instituciones públicas o privadas, resguardando a las personas de las contingencias de vejez, discapacidad, muerte, enfermedad, embarazo, maternidad, paternidad, cesantía, accidentes y enfermedades laborales, sin perjuicio del establecimiento de otras contingencias o circunstancias fijadas en la ley. La ley podrá establecer cotizaciones obligatorias».

En cambio, por 33 votos de la oposición y 17 en contra del oficialismo, se aprobó el literal b respecto a que «cada persona tendrá propiedad sobre sus cotizaciones previsionales para la vejez y los ahorros generados por éstas, y tendrá el derecho a elegir libremente la institución, estatal o privada, que los administre e invierta. En ningún caso podrán ser expropiados o apropiados por el Estado a través de mecanismo alguno».

También se aprobaron normas del inciso 25 sobre derecho al trabajo decente, a su libre elección y libre contratación y las relativas al inciso 26 sobre libertad sindical, derecho a huelga y negociación colectiva, donde se aprobaron varias enmiendas renovadas por la oposición.

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