En un fallo dividido, el pleno de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó la solicitud de desafuero presentada en contra del diputado Daniel Manouchehri por el senador Fidel Espinoza Sandoval, que se querelló en su contra por injurias.
Según el tribunal de alzada porteño, no se reúnen las exigencias legales ni constitucionales necesarias para despojar al parlamentario de su fuero. De esta manera, el legislador mantendrá su inmunidad frente a la querella por injurias que motivaba la solicitud.
La resolución judicial apunta a que a los parlamentarios la Constitución les permite a los parlamentarios emitir opiniones en el ejercicio de sus cargos.
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Al no existir una definición legal explícita sobre qué constituye un «juicio emitido en el desempeño del cargo», los magistrados expusieron que se debe acudir directamente a las facultades que la Carta Fundamental y las leyes orgánicas le otorgan al Congreso.
En ese sentido, el tribunal acreditó que en el caso de Manouchehri las declaraciones se dieron en un contexto estrictamente institucional.
Entre sus consideraciones el fallo detalla que «el querellado se encontraba asistiendo a la sesión del Honorable Senado para sostener la acusación constitucional que la Honorable Cámara de Diputados había declarado procedente en contra del Ministro señor Ulloa Márquez» y que ahí formaba «parte de la comisión que la sostenía».
Al estar cumpliendo con una obligación reglamentaria dentro del hemiciclo del Senado, la Corte concluyó que «rige la inviolabilidad parlamentaria respecto del Honorable Diputado señor Manouchehri en los hechos desarrollados».
Respecto de la acusación de Espinoza respecto de la calificación de «corrupto», la Corte desestimó que los hechos descritos alcancen una relevancia penal suficiente.
A juicio del tribunal, la forma en que se desencadenaron los hechos no justifica la existencia del delito de injurias. Por lo tanto, rechazó la solicitud de desafuero contra Manouchehri.
No aplicó condena en costas para el demandante.







